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Condenado 8 años de prisión por abusar en Navarra de manera continuada de su sobrina cuando era menor

El Supremo confirma la condena después que la víctima sufriera los abusos cuando la víctima tenía 16 y 17 años y cada vez que se encontraban solos en casa el procesado la obligaba a mantener relaciones sexuales

Condenado 8 años de prisión por abusar en Navarra de manera continuada de su sobrina cuando era menor2 Enrique Conde

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una condena de 8 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Navarra y que ya fue ratificada en primer lugar por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN a un hombre que mantuvo de forma continuada relaciones sexuales sin consentimiento con una sobrina menor de edad en una localidad del norte de Navarra. El matrimonio del acusado y su esposa, hermana del padre de la víctima y con la que esta mantenía mala relación, era el único lazo familiar que tenía la víctima en Navarra, por lo que los distintos tribunales han confirmado que el abuso sexual se realizó con la agravante de prevalimiento, debido a la situación especial de vulnerabilidad por razón de la convivencia familiar y por razón de la diferencia de edad (la víctima tenía 16 y 17 años cuando suceden los hechos y no denunció hasta los 23 años).

Según recoge el fallo, el procesado, natural como la víctima de un país centroafricano, deberá indemnizar con 20.000 euros a la denunciante, a la que no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 13 años. Y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de 6 años.

Tras la separación de su padre y su entonces pareja en el verano de 2013, la víctima, que entonces tenía 15 años, pasó a vivir con la hermana de su padre y la pareja de ésta en una localidad del norte de Navarra.

Con el tiempo, la relación de la joven con su tía fue deteriorándose. Comenzó entonces a relacionarse más intensamente con su tío, quien pretendía intimar con ella. Llegó a decirle que deseaba tener relaciones sexuales con ella, pero que esperaría a que cumpliera 17 años para que ya fueran legales.  Sin embargo, poco antes de que la joven cumpliera los 17, la obligó a tener una relación sexual, a la que ella se opuso “chillando” y “llorando”. Desde ese hecho, ocurrido en enero de 2015, hasta julio siguiente, según considera probado la sentencia, “cada vez que se encontraban solos en casa, el acusado obligaba” a su sobrina “a mantener relaciones sexuales”. Posteriormente, añade la resolución judicial, entre agosto y septiembre obligó a la joven a que le practicara habitualmente felaciones.

No tenía otro sitio donde ir y estaba atemorizada

El TSJN recordó en su sentencia que “estos hechos se ejecutaron por el acusado contra la voluntad de (la joven), siendo el acusado sabedor de su posición sobre ella y de la situación de la misma, que estaba acogida por el acusado y su pareja en su propio domicilio y no tenía otro sitio donde ir, estando la menor atemorizada por el hecho de que el acusado era la pareja de su tía y carecer del apoyo de esta, a la que no se atrevía a contarle lo ocurrido y pedirle ayuda, dada su mala relación en aquella época, careciendo, igualmente, del apoyo de cualquier familiar”, recoge la sentencia.

Una visita sorpresa que desató la confesión

Tras abandonar el domicilio, la víctima fue contando sucesivamente lo sucedido a varias personas. Destaca el Supremo que en una ocasión la joven recibió una visita sorpresa de sus tíos en el centro en el que estudiaba y que salió corriendo y sufrió un ataque de ansiedad. A una compañera de estudios le contó entonces que su tío la había estado violando durante un año. A la que fue pareja de su padre también le narró las agresiones y esta declaró que "se lo había contado llorando y teniendo que sacarle las palabras".

El Alto Tribunal, al igual que efectuaron los tribunales navarros, recuerda que es especialmente relevante el informe pericial psicológico de las forenses y en el que manifiestan que el relato de la víctima es "coherente, consistente y coincidente con las pruebas. Presenta los síntomas de una persona que ha tenido esa vivencia sin apreciarse exageración, ni simulación y que presentaba un sentimiento de culpabilidad habitual en las víctimas" de estos delitos y que le había impedido denunciar antes los hechos.