La llamada en noviembre de 2022 de un vecino del barrio de Erripagaña en Burlada movilizó a los agentes de la Policía Local del municipio y a una patrulla de la Policía Nacional refería que tenían sospechas de que dos desconocidos se encontraban poniendo testigos en las puertas de los domicilios para entrar a robar.

Cuando los efectivos policiales se personaron allí bloquearon el ascensor con un extintor , subieron a pie por las escaleras y al llegar al cuarto piso se encontraron con dos hombres que bajaban a pie. Les preguntaron si residían en el bloque, a lo que los dos varones respondieron que no y exhibieron sus placas y carné profesional como agentes de la Policía Local de Zaragoza. Pero ¿qué hacían en Burlada dos agentes de policía local de la capital aragonesa actuando como si tuvieran competencias para ello?

En principio, respondieron que uno de los inquilinos tenía una orden de ingreso en prisión, por lo que habían acudido para comprobar si se encontraba en dicho inmueble. Y justificaron que allí residía la expareja del requisitoriado, pero que no pudieron detener a la persona buscada. Se excusaron en que solo querían hacer la comprobación para después avisar a la Policía Foral y que procediera como corresponde. Sin embargo, en base a las averiguaciones realizadas sobre el caso, resulta que uno de los policías locales de Zaragoza había sido una de las víctimas de una estafa perpetrada por el supuesto vecino de Burlada. Por tanto, el agente no había acudido allí a una actuación oficial profesional, sino a una mera averiguación personal. Es más, lo hizo en compañía de otro policía local como él, estuvieron un buen rato vigilando el bloque, un testigo informó que les vio merodeando por el lugar durante más de una hora, le abordaron y le preguntaron, le enseñaron una foto con el móvil para ver si conocía a una persona y lo cierto es que uno de ellos llevaba una brida, elemento que se emplea en ocasiones para esposar a detenidos, normalmente en redadas, aunque la Policía Local de Zaragoza no las proporcione a sus agentes.

"Cabe preguntarse qué habrían hecho si se hubiesen topado en Burlada con la persona que buscaban, al margen del mal ejemplo que supone como policía local actuar por su cuenta y riesgo"

Sala de lo Contencioso TSJ de Aragón - Sentencia que avala la sanción a un policía

Por lo tanto, "la cuestión es clara y acreditada", razona la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que avala ahora la sanción de un mes de suspensión al policía local de la capital aragonesa. "Ambos agentes fueron a Burlada no sabemos exactamente con qué intenciones finales, pero en cualquier caso para averiguar el paradero de un requisitoriado, pero no por un motivo oficial, que no podían tener fuera de su jurisdicción, sino con un fin particular, el interés en que se hiciera efectiva la condena del estafador".

Y prosigue el razonamiento del tribunal, "al aparecer allí y al ser sorprendidos, en lugar de actuar plenamente como particulares exhibieron sus placas y una supuesta oficialidad en su actuación, al hablar de un requisitoriado, aunque también es cierto que dijeron -no podía decir otra cosa al no estar en su jurisdicción- que actuaban particularmente".

La Sala zanja que "el hecho de que exhibieran sus placas y carnés, y ese es el uso indebido de los elementos, es cuando incurrieron en una infracción por una conducta que, hasta ese momento, era algo irregular, pues lo procedente habría sido al tener noticia del presunto paradero de la persona a la que buscaban ponerlo en conocimiento de la Policía nacional o del juzgado, pero no había pasado de allí".

El agente sancionado recurrió su expediente y alegó que estaba habilitado para actuar en base a las normas generales del Cuerpo Nacional de Policía en el que se autoriza la exhibición de la placa "hallándose los funcionarios fuera de servicio, cuando tengan que actuar en defensa de la ley o de la seguridad ciudadana". El tribunal le responde que la finalidad de dicho precepto es "actuar en un momento inopinado, en una situación de emergencia no buscada, si presencian algún tipo de delito , robo, agresión... pero no para hacer unas averiguaciones que, realizadas dentro de su jurisdicción, serían propias del periodo de servicio y que fuera de ella no tienen ningún apoyo, pues nada pintaban allí como policías locales".

De ahí al abuso policial solo hay un paso

El TSJ de Aragón razona en este caso que la conducta del agente "no ha tenido una especial gravedad y por eso no se le ha impuesto la máxima sanción disciplinaria, pero es relevante". Para ello, enumera, que en primer lugar es grave "por la intencionalidad", ya que hicieron un viaje exprofeso a Navarra para vigilar el inmueble durante un buen rato, generando inquietud en el vecindario, se llevaron las placas, había una posible intención de practicar una detención, pues si no no tiene sentido llevar bridas y, cuando aparecía la Policía, justificaron que estaban allí en una suerte de misión oficial, llegando a exhibir sus placas y carnés. Es una conducta irregular en su inicio e infractora en su final, y es algo que no puede proliferar, pues de ahí al abuso policial hay solo un paso, ya que cabe preguntarse qué habrían hecho si se hubiesen topado con la persona buscada, al margen del mal ejemplo que supone que un policía local, en vez se usar los mecanismos previstos, se dedique a actuar por su cuenta y riesgo, cosa que se reprocharía a un particular".