La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a ocho años de prisión a un joven de 24 años, natural de Perú, por la violación de una menor de 14 años ocurrida en julio de 2024 en Pamplona. La sentencia, dictada tras la celebración del juicio el pasado 26 de noviembre, recoge además su expulsión del territorio nacional una vez cumpla la mitad de la pena impuesta, con la prohibición de regresar a España durante diez años.

Los hechos se remontan al verano pasado, cuando el acusado coincidió en la capital navarra con un grupo de amistades con el que solía salir la víctima. En aquel momento, según recoge la resolución judicial, el joven aseguró tener 17 años.

A finales de julio, la menor había quedado con una amiga para dormir en su casa. Tras salir de una discoteca de Pamplona donde volvió a encontrarse con el procesado, su amiga le comunicó que, debido a un problema familiar, no podía acogerla finalmente. La adolescente tampoco podía regresar a su domicilio, ya que su padre estaba trabajando y no logró contactar con la pareja de este.

Ante esa situación, el acusado le ofreció pasar la noche en su vivienda. Durante el trayecto, le confesó que en realidad tenía 22 años, lo que —según la sentencia— “sorprendió y molestó a la menor”, que le manifestó que ya no quería mantener nada con él. No obstante, accedió a acudir a su domicilio al no tener otro lugar donde dormir.

Ya en la habitación en la que residía el joven, este la besó y le realizó tocamientos con su consentimiento. Sin embargo, cuando le planteó mantener relaciones sexuales completas, la menor se negó. Fue entonces cuando, siempre según los hechos probados, la agredió sexualmente por la fuerza.

Reconocimiento de los hechos

Inicialmente, la Fiscalía solicitaba 13 años de prisión por un delito de agresión sexual sobre menor de 16 años, petición que la acusación particular elevaba a 13 años y seis meses. La defensa, por su parte, interesaba la absolución.

No obstante, al inicio de la vista oral el Ministerio Fiscal rebajó su petición a ocho años de cárcel. La acusación particular se adhirió a esa solicitud y la defensa mostró su conformidad. Acto seguido, el acusado reconoció los hechos, por lo que las partes renunciaron a la práctica del resto de pruebas y el tribunal dictó sentencia en los términos acordados.

Medidas de alejamiento e indemnización

Además de la pena de prisión y la expulsión del país, la resolución impone al condenado la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante 13 años. Asimismo, deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante diez años una vez finalice la pena privativa de libertad. En concepto de responsabilidad civil, el tribunal fija una indemnización de 15.000 euros por el daño moral causado a la menor.