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Confirmada una condena de 6 años y medio por violar y retener a una amiga en Vitoria

El inculpado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima, que se desplazaba desde Pamplona, a menos de 300 metros durante 14 años y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 40.000 euros por el daño moral

Confirmada una condena de 6 años y medio por violar y retener a una amiga en Vitoria

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)ha confirmado la pena de 6 años y 6 meses de prisión impuesta en octubre por la Audiencia Provincial a un hombre que violó a una amiga, a la que retuvo contra su voluntad durante aproximadamente doce horas en una vivienda de Vitoria.

La víctima, según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, tiene desde 2019 un grado de discapacidad del 53%. El procesado, por su parte, tiene también reconocido desde 2025 un grado de discapacidad del 70%.

Los hechos enjuiciados son constitutivos de un delito de agresión sexual con acceso carnal, penado en este procedimiento con 3 años y 9 meses de prisión, y un delito de detención ilegal, castigado con 2 años y 9 meses más, en ambos con la concurrencia de la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica.

El inculpado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 14 años y, además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 40.000 euros por el daño moral.

La sentencia considera probado que ambos se conocieron a través de una aplicación de citas de internet. Intercambiaron algunos mensajes hasta que comenzaron a verse de manera esporádica los fines de semana, cada dos o tres meses, en Vitoria, localidad en la que residía el encausado y a la que se trasladaba la denunciante desde Pamplona.

Se veían en el domicilio de él, donde mantenían relaciones sexuales. Mantuvieron este tipo de encuentros durante aproximadamente un año, hasta abril de 2023.

El 14 de abril de ese año, agrega la sentencia, la mujer acudió al domicilio de él para pasar el fin de semana y mantuvieron relaciones sexuales consentidas. Cuando ella se quedó dormida, se despertó sobresaltada al percatarse de que estaba siendo violada.

El condenado hizo caso omiso a los ruegos de la víctima para que cesara en la agresión sexual. La mujer se quedó "bloqueada" al no poder evitar la violación y finalmente ambos se quedaron dormidos, agrega el fallo judicial.

Por la mañana, él se marchó de casa. Sin el conocimiento ni consentimiento de la mujer, que estaba dormida, cerró la vivienda con llave. La víctima, agobiada, sobre las 22:00 horas llamó a la policía y, cuando los agentes estaban en el lugar, apareció el inculpado, quien negó habitar en esa vivienda.

Le hicieron un registro preventivo y, entre el manojo de llaves que llevaba, los ertzainas dieron con la que abría la puerta, que estaba cerrada con dos vueltas.

En el recurso presentado ante el TSJN, la defensa volvió a reclamar la absolución y, subsidiariamente, una reducción de las penas. La acusación particular, por su parte, solicitó la agravación de la condena, una petición a la que se adhirió la fiscalía.

La Sala, que confirma en su integridad el fallo de la Audiencia Provincial, destaca la persistencia del testimonio prestado por la víctima, corroborado por datos periféricos, como el informe médico-forense, en el que se aprecian lesiones.

De igual forma, los jueces consideran acreditado el delito de detención ilegal, puesto que el encierro, de unas doce horas, fue "intencionado e inconsentido".