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Condenado a 12 años de prisión por violar y robar a una mujer en la zona del Archivo de Navarra

El procesado, Younes E., de 22 años y natural de Marruecos, en situación irregular, será expulsado de España una vez cumpla la mitad de la pena y no podrá regresar en 10 años

Condenado a 12 años de prisión por violar y robar a una mujer en la zona del Archivo de NavarraJavier Bergasa

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a un total de 12 años de prisión a un acusado, Younes E., un joven que tenía 20 años de edad en el momento de los hechos, que en diciembre de 2023 violó y robó a una mujer en Pamplona. El procesado, natural de Marruecos, actualmente de 23 años, será expulsado de España cuando cumpla la mitad de la pena y no podrá regresar en 10 años.

Además, el inculpado no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 200 metros durante 15 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 10 años. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 60.000 euros por el daño moral.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), la Audiencia ha impuesto 9 años de prisión por el delito de agresión sexual y 3 años por el de robo con violencia.

La violación se perpetró sobre las 2.37 horas del 17 de diciembre de 2023, en las inmediaciones del Archivo General de Navarra, situado en el Casco Viejo de Pamplona. La mujer, que entonces tenía 56 años, regresaba de una fiesta.

 Al verla, el encausado, que llevaba una gorra beige, se dirigió hacia ella. Se colocó a dos metros. Cuando la víctima estaba sentada en un murete, se abalanzó sobre ella con fuerza y la empujó. Ambos cayeron a una zona ajardinada, donde, “con gran violencia” y tras golpearla, el agresor la violó. La mujer intentó defenderse, y mordió en la mano y golpeó en la boca al condenado.

Diez minutos después, el hombre abandonó el lugar tras coger del bolso de la víctima su móvil, un iPhone 11 valorado en 748,33 euros, y 70 € de la cartera. No obstante, regresó a los cuatro minutos. Se agachó para coger algún objeto más, tanto del suelo como del bolso, y volvió a marcharse.

Entre otros enseres y ropas, en la zona ajardinada la Policía Municipal de Pamplona halló la gorra que portaba el acusado.

 La mujer, que sufrió lesiones, padece ataques de ansiedad. Según recoge la resolución judicial, tiene miedo a salir a la calle y pesadillas nocturnas, que persisten a día de hoy.

En el juicio, celebrado el 25 y 26 de febrero, la Fiscalía solicitó 8 años y 11 meses de prisión por un delito de agresión sexual y 3 años más por un delito de robo con violencia. La acusación particular, por su parte, elevó las peticiones a 9 y 3 años, respectivamente.

“Contundencia de la prueba practicada”

 En la vista oral, el encausado reconoció la autoría del robo, pero negó la violación. Por este motivo, su defensa reclamó la pena de 2 años por ese delito con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas, así como la absolución por el delito de agresión sexual.

Al respecto, la Sección Primera de la Audiencia subraya que “este reconocimiento tardío” del robo se produjo “ante la contundencia de la prueba practicada a lo largo del juicio”. Así, los magistrados destacan que la identificación del agresor se llevó a cabo tras una “diligente y rápida” actuación de la Policía Municipal.

Por otra parte, tanto la prueba de ADN sobre la gorra recogida en el lugar como las imágenes de las cámaras de seguridad corroboraron la identificación del inculpado.

Sobre la violación, la defensa sostuvo que la prueba de ADN arrojó un resultado negativo. En este sentido, la Audiencia se ampara en la prueba pericial, “que objetivó las lesiones vaginales que presentaba la denunciante, y que el médico forense señaló sin ningún género de dudas que son compatibles con el relato de penetración, es decir, con la introducción con algo no deseado en la vagina compatible con introducción de pene, o de una mano u otro instrumento. Y las lesiones que presentaba, abdominales, torácicas, son como consecuencia de la caída del arrastre”.

Para los magistrados, además, las lesiones defensivas anteriores al robo producidas por la víctima al inculpado, que este mismo admitió en el juicio, “solo pueden ser explicadas por razón de la violación perpetrada”.

El tribunal, que rechaza la existencia de dilaciones indebidas, impone al encausado la máxima solicitada, la planteada por la acusación particular.