El punzón era para los calderetes de la Txantrea
Una jueza de Pamplona archiva la causa judicial contra un vecino que portaba el objeto al ser identificado por circular bebido
No era un arma, más bien un utensilio culinario. Así lo ha considerado la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Pamplona, que ha acordado el archivo del procedimiento penal abierto a un vecino de la Txantrea por un presunto delito de tenencia ilícita de armas al que la Policía Municipal le decomisó un punzón. El investigado alegó que el citado objeto era para los calderetes por el 75 aniversario del barrio y la jueza ha entendido que su tenencia no estuvo vinculada a una situación de riesgo.
El caso tuvo su origen en la madrugada del 7 de septiembre de 2025, cuando agentes de la Policía Municipal de Pamplona, que acudieron a un aviso en la Avenida de Villava, interceptaron al investigado, quien se encontraba bajo los efectos del alcohol junto a su vehículo mal estacionado. Tras un cacheo de seguridad, los agentes hallaron en una riñonera olvidada por el detenido un punzón oculto de 8,5 centímetros de hoja, camuflado en un portapuros, arma catalogada como prohibida en el Reglamento de Armas.
La defensa, ejercida por el letrado Francisco Javier Moreno-Vidal, solicitó el sobreseimiento alegando, entre otros motivos, la excepción de cosa juzgada, dado que los hechos de esa misma noche ya habían sido enjuiciados y sentenciados el 10 de septiembre de 2025 por el Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona, relativo a la conducción bajo la influencia del alcohol y la desobediencia a los agentes.
Aniversario del barrio
Asimismo, alegó que los utensilios (las navajas y el punzón) que portaba el investigado tenía como finalidad los calderetes celebrados la jornada anterior, el día 6 de septiembre de 2025, con motivo del 75 aniversario de la Txantrea, y que dichos utensilios eran de uso doméstico o culinario propios de dicha celebración, así como que nunca fueron exhibidos ni utilizados como arma ante ningún ciudadano, ni ante los agentes de la Policía Municipal de Pamplona.
El Ministerio Fiscal se sumó a la petición de archivo al concluir que, si bien el punzón es efectivamente un arma prohibida, el mismo fue hallado en la riñonera olvidada por el detenido una vez que este ya había abandonado las dependencias policiales, por lo que no constaba que a su posesión se uniera una situación de riesgo que justificara la acusación por delito de tenencia ilícita de armas. El fiscal interesó, no obstante, que se comunicara lo actuado a la Policía Municipal a efectos de la correspondiente sanción administrativa.
La magistrada ha dictado el auto de sobreseimiento provisional y ha ordenado el envío de testimonio a la Policía Municipal por si procediera imponer dicha sanción administrativa.
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