El TJUE cuestiona las medidas del Estado español contra el abuso de contratos temporales en el sector público
El Gobierno español afirma que el fallo no obliga al Estado a hacer fijos dichos contratos y considera que el dictamen es "meramente aclaratorio"
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que las medidas previstas en el Estado español para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector público no se ajustan al Derecho de la Unión, al entender que no permiten sancionar "debidamente" estas prácticas ni "eliminar las consecuencias" del incumplimiento.
Sin embrago, el Gobierno español señala que este fallo no obliga al Estado a hacer fijos a los temporales del sector público, y reitera su compromiso con reducir la temporalidad y recalca que se han estabilizado 419.756 plazas, por encima del compromiso con Europa
En una sentencia publicada este martes, el alto tribunal europeo responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre si el sistema español para corregir estos abusos --basado, entre otras medidas, en la figura del indefinido no fijo, indemnizaciones o procesos selectivos-- cumple con las exigencias de la normativa europea.
Seis contratos de interinidad desde 2016
El asunto tiene su origen en el caso de una trabajadora que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid, cuya relación fue calificada por la justicia española como indefinida no fija tras apreciar una utilización irregular.
Sobre esta solución, el TJUE señala que "no constituye una medida adecuada", ya que "supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal" y, con ello, la "situación de precariedad" del trabajador, pese a que, según señala el tribunal, la estabilidad en el empleo es un elemento "primordial" de protección.
Además, apunta que las indemnizaciones previstas en la normativa española, que se abonan al extinguirse la relación laboral y están sujetas a límites máximos, no pueden constituir una reparación "proporcionada y efectiva" ni garantizar una compensación "adecuada e íntegra" de los daños.
Criterios claros y previsibles
En cuanto al régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, la justicia europea apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompañado de otras medidas efectivas y disuasorias.
Asimismo, el TJUE cuestiona que la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia previa sirva para corregir estos abusos, ya que no garantiza que los trabajadores afectados obtengan una plaza ni evita que la situación se prolongue.
En todo caso, el tribunal europeo recuerda que corresponde al Tribunal Supremo evaluar si la normativa española cumple con los requisitos del Derecho de la Unión y resolver el litigio concreto.
"No impone sanciones"
En cuanto a la respuesta del Gobierno español, éste ha señalado que el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es "meramente aclaratorio", por lo que no afecta a la normativa nacional ni impone sanciones de ningún tipo, y el derecho europeo no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público.
Según han indicado fuentes del Ministerio de Función Pública, la sentencia del TJUE es la respuesta a la prejudicial planteada por el Tribunal Supremo que preguntó si el marco constitucional español para el acceso al empleo público, basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, y que por tanto prohíbe la fijeza automática, era contrario al derecho europeo.
Tras conocerse el fallo, desde Función Pública han reiterado el compromiso del Gobierno con la reducción de la temporalidad entre los empleados de la Administración Pública y han recordado que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo.
"Evitar abusar del trabajador temporal"
"El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra", han apuntado dichas fuentes.
Así, han defendido los principios de "igualdad, mérito y capacidad" como pilares constitucionales que garantizan el acceso al empleo público en España basándose en la competencia profesional.
Desde Función Pública, han señalado que el Ejecutivo de Pedro Sánchez viene trabajando en las últimas legislaturas para resolver un problema que se arrastra desde hace décadas, para lo que en 2021 aprobó una ley para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, validada por la Comisión Europea, y que ha logrado que la tasa de temporalidad se haya reducido seis puntos, de un 39% en 2023 al 32,7% en la actualidad.
"Reforma profunda contra la temporalidad en el sector público"
"Nunca antes se había hecho una reforma tan profunda contra la temporalidad en el sector público: límites claros a la temporalidad, controles, responsabilidades y procesos masivos de estabilización", han reivindicado.
Además, ha afirmado que el Estado español ha superado el objetivo comprometido con la Comisión Europea de cubrir al menos con trabajadores fijos 300.000 plazas en los tres niveles de la Administración que antes estaban ocupadas por temporales, con 419.756 plazas estabilizadas, y que, además, ha convocado de media 32.522 plazas de empleo público al año entre 2018 y 2025, lo que contrasta con los recortes de la etapa anterior del Partido Popular.
De esta manera, el sector público español ha creado un total de empleo público neto cifrado en 381.257 personas entre 2021 y 2026, un incremento del 14,11%, y es el Estado miembro de la Unión Europea que más empleo crea, según Eurostat, concentrando el 41% del total del empleo creado.
Sectores educativo y sanitario
Desde el Gobierno español, han apuntado que el problema de exceso de trabajadores temporales afecta en concreto a comunidades autónomas y entidades locales, con tasas del 40% y 36% de empleados eventuales, teniendo en cuenta que los sectores educativo y sanitario son los que concentran las mayores tasas de temporalidad, mientras que en la Administración General del Estado se cumplen los requisitos de temporalidad al tener solo el 4,7% de trabajadores con contrato eventual.
"La Administración no puede cerrar servicios esenciales, no puede dejar de prestar servicios; por lo que ante carencias de personal va a requerir acudir a figuras temporales", han apuntado.
El Ejecutivo ha reconocido que todavía queda trabajo por hacer en la materia para lo que ha propuesto incluir medidas adicionales en el proyecto de ley orgánica de reforma de las carreras judicial y fiscal y en la Ley de Función Pública de la Administración del Estado, ambas en tramitación parlamentaria.
Víctimas de abuso por temporalidad
El abogado Javier Arauz de Robles, representante de distintas asociaciones de empleados públicos temporales e impulsor del caso sobre la temporalidad en el empleo público en el Estado español ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha asegurado que el fallo implica que el Gobierno del Estado deberá legislar para transformar en fijos a los empleados públicos víctimas de abuso por temporalidad.
Arauz de Robles ha indicado que, tras el fallo del TJUE, solo cabe la estabilización "automática" de los empleados públicos con contrato temporal, por lo que ha propuesto utilizar la figura del fijo a extinguir como una "solución intermedia".
Según ha explicado, el fijo a extinguir es una figura jurídica laboral muy utilizada durante la transición y que goza de los mismos derechos que los funcionarios de carrera. De esta manera, la plaza de interino pasaría a quedar ocupada por un fijo a extinguir hasta que se jubile o cese su actividad --nunca de manera forzosa--, momento en el que la plaza se incorporará a la oferta de empleo público.
Corresponde al Tribunal Supremo
Ha indicado que será el Tribunal Supremo el que deberá determinar qué figura es la adecuada para hacer cumplir la sentencia europea, que considera que la conversión de temporal a indefinido no fijo "supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal", y que deberá decidir si los temporales se deben convertir en fijos u opta por otra figura, como el fijo a extinguir.
"Supongo que optará por el primero", ha reconocido Arauz de Robles, que avisa de que hay entre unos 40.000 y 50.000 procesos judiciales paralizados a la espera de esta sentencia y que en un mes y medio habrá una sentencia del Tribunal Supremo dando respuesta a la situación.
Según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2025, el Estado español cuenta con 999.738 empleados públicos temporales, lo que representa el 32,3% del total, de los cuales el 75% son mujeres.
"Medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas"
En la misma línea, desde Unive Abogados consideran que, descartadas por Europa las principales respuestas utilizadas en España, la fijeza se consolida como "la única vía realmente eficaz" para reparar el abuso sufrido por miles de empleados públicos temporales.
Para este despacho, la resolución europea vuelve a recordar una idea esencial: el Derecho de la Unión exige que los Estados miembros prevean "medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas" para prevenir y, en su caso, sancionar el uso abusivo de contratos o relaciones temporales sucesivas en el sector público. "Y, en este caso, el TJUE considera que las principales respuestas que se han venido aplicando en España no cumplen adecuadamente con esa exigencia", han subraya
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