Conforme al Real Decreto-ley 7/2021, el plazo de garantía pasa de dos a tres años en la venta de vehículos nuevos. En el caso de los vehículos de ocasión, podrá seguir pactándose un plazo mínimo de un año. De la misma forma, el periodo en que la carga de prueba corresponde al vendedor sube a dos años, mientras que en los vehículos de segunda mano podrá pactarse un periodo mínimo de un año (actualmente es de seis meses).

En concreto, la normativa establece que, si después de comprar un coche de segunda mano este tiene un fallo en los 12 meses posteriores, el vendedor ha de pagar la reparación que corresponda. Solo existe una excepción en este caso: que el fallo en cuestión haya sido indicado previamente en el contrato, por lo que el comprador estaría avisado del mismo.

De lo contrario, la ley estipula que el vendedor era consciente de este desperfecto y que lo ocultó en la transacción, engañando así al nuevo conductor. La reparación puede ser cubierta por el seguro del vendedor. En cualquier caso, el comprador no tendría que hacer frente a los gastos y estaría más protegido en este tipo de situaciones, que pueden llegar a ser habituales en la compra de automóviles de segunda mano.

Otro cambio importante en la ley es que en todos los contratos de compraventa será obligatorio reflejar los dos años de garantía. período que ya existe en este momento, pero se podía hacer a través de contrato verbal. Sin embargo ahora debe quedar registrado por escrito en el documento.

La nueva normativa tiene la intención de proteger a los compradores, pero también es posible que genere algunos aspectos negativos, por ejemplo, que los vendedores aumenten el precio de los vehículos para así tener un dinero extra con el que hacer frente a futuras reparaciones. Además, si el vendedor se niega a pagar la reparación, el comprador tendrá que interponer una demanda e iniciar un proceso de reclamación, lo que convierte el procedimiento en incómodo y tedioso.

Hay que tomar ciertas precauciones antes de adquirir un coche de segunda mano: todos aquellos que hayan superado los 150.000 kilómetros se consideran viejos, y si están por encima de los 250.000 será mejor optar por uno nuevo.

Otro punto de la nueva ley es que aumenta de seis meses a un año el plazo para comprobar que una reparación en garantía es correcta. A su vez, se incluye la posibilidad de suspender el pago del precio por incumplimiento del vendedor. Asimismo, el plazo de prescripción de las acciones judiciales pasa de tres a cinco años y el plazo de disponibilidad de repuestos y atención en servicio técnico sube de cinco a diez años.

Las modificaciones en la normativa de consumo, que afecta a los plazos de garantía de los vehículos, serán aplicables únicamente a los contratos de compraventa que se celebren a partir del 1 de enero de 2022. Por ello, las averías que puedan surgir a partir de esa fecha en vehículos vendidos antes del año 2022, seguirán a todos los efectos bajo la normativa anterior.

Las claves

Las claves

Antes de decidirse por la compra de un coche usado hay que tener en cuenta una serie de pautas con las que resultará menos probable que lo barato nos salga caro.

GANGAS. Lo primero que hay que tener en cuenta es que las gangas no existen. Hay que desconfiar de los precios excesivamente bajos. También conviene fijarse muy bien en la redacción del anuncio y rechazar aquellos que no parezcan demasiado claros.

PLANIFICAR. Partir de un rango de presupuesto sobre el que poder tomar una decisión racional y no emocional. Planificar la compra con tiempo y analizar cuáles son nuestras necesidades reales de coche y el tipo de modelo que mejor se adapta al uso que le vamos a dar.

KILOMETRAJE. En ocasiones es complicado saber si los kilómetros que marca el contador son los reales, pero para tener la mayor seguridad posible pediremos certificado de kilometraje y el libro de revisiones sellado o historial de mantenimiento.

PROCEDENCIA. Conviene saber el número de propietarios, si es nacional o de importación, y el tipo de uso que ha tenido (alquiler, taxi...). Se puede pedir un informe en la DGT (cuesta 8,50 euros) para saber su historial y si tiene posibles embargos o multas pendientes. Se puede obtener este informe en la web de Tráfico.

ASPECTO. Hay que valorar el estado de carrocería, llantas y neumáticos. En el interior, el desgaste del volante, la tapicería y la parte bajo las alfombrillas nos puede dar pistas. En algunas ocasiones los asientos se tapan con fundas para ocultar su estado real.

MECÁNICA. Se puede solicitar un documento acreditativo emitido por una empresa certificadora (hay varias en el mercado) o, en su defecto, del taller o concesionario donde ha sido revisado. Si tenemos dudas podemos pedir una inspección en un taller de confianza.

CONTRATO. Debe tener todos los requisitos legales, junto a una descripción precisa, incluyendo un anexo con su estado general de mecánica y electrónica. Nos servirá para reclamar por posibles fallos ocultos.