Pudimos leer en la prensa del grupo Vocento del 3 de diciembre una carta titulada: Pensión máxima. Según deduzco por su tono y contenido, el autor es beneficiario de la misma. Decía: “Creo que habría que ser más explícitos e informar a los lectores de cuáles son los requisitos que se necesitan para poder acceder a esa pensión máxima a lo largo de muchos años de cotización. Todos los pensionistas debieran tener pensiones dignas para afrontar los últimos años de su vida, pero con el sistema actual las pensiones contributivas se cobran según la cantidad y los años cotizados”. Sí habría que ser más explícitos como dice su autor, tanto la prensa a la que alude implícitamente, como él mismo también, no en la fórmula de cálculo de la cuantía, sí en el distinguido articulado que anula el derecho.

He cotizado a la S.S. de manera ininterrumpida desde 1971 hasta 1991. Al cumplir 65 años, me informaron que no tenía derecho a percibir pensión de jubilación. Distinción única en este país, ya que si viviera en cualquier otro de Europa, cobraría según la cantidad y los años cotizados -como dice- sin más; poco, pero cobraría por lo acumulado, que sumado a mi actual pensión de viudedad, me habría permitido tener encendida la calefacción estos días.