El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado la medida cautelar que impuso en una escuela de Barcelona para que se imparta al menos un 25% de horas lectivas en castellano, ya que al parecer del tribunal "no es incompatible" con la nueva normativa del Govern sobre lenguas en la enseñanza.

En el auto, consultado por Europa Press, la Sala de lo Contencioso Administrativo rechaza el recurso de la Conselleria de Educación de la Generalitat, que pidió revocar la obligatoriedad que el tribunal había fijado.

En su argumentación, el TSJC avisa de que la nueva normativa catalana "no incide necesariamente en la decisión cautelar adoptada, puesto que, si bien se modifica el modelo lingüístico de la enseñanza pública, no se limita genéricamente la intensidad del uso del castellano como lengua de uso curricular y educativo".

Sin embargo, los jueces recuerdan que "existe una resolución judicial firme, de naturaleza cautelar, que reconoce el derecho del alumno a recibir una enseñanza en castellano con una determinada intensidad de uso", en referencia a las cautelares que dictaron en febrero, y añaden que esto no queda afectado por la nueva normativa del Govern.

En cambio, no descartan que las medidas cautelares puedan verse afectadas una vez se haga la "aplicación singular" de la nueva normativa en las escuelas.   

DECRETO DEL GOVERN

En mayo, el Govern aprobó un decreto ley que fija explícitamente la "inaplicación" de porcentajes en el uso de lenguas en la enseñanza y que fija el catalán como lengua vehicular, en respuesta a la sentencia del TSJC sobre el 25% de castellano.

El propio TSJC constató la "imposibilidad legal" de ejecutar la sentencia del 25% porque se contradice con esta nueva normativa, y ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC).

En concreto, el decreto del Govern estipula que el uso del castellano se deberá definir en función de criterios pedagógicos, y los jueces argumentan ahora que "en este caso, no se alegan ni constatan cuáles son los criterios pedagógicos individualizados que determinan la necesidad de modificar la decisión cautelar".

Los jueces consideran que la obligación cautelar de usar al menos un 25% de castellano "tampoco resulta afectada por la prohibición de porcentajes" que fija el decreto.