La magistrada navarra Esther Erice, integrante de la Sala Civil y Penal del TSJN, experta en violencia machista y asidua en la discrepancia con sus compañero de sala sobre la interpretación de la Ley del sólo sí es sí, explica a este periódico su postura con el voto particular que ha emitido en el caso de Ángel Boza, uno de los miembros de La Manada que fue condenado a 15 años de prisión. Ahora, merced a la nueva ley, los otros dos magistrados del TSJN consideran que cabe una rebaja de un año en el caso de la condena a Boza y que, por tanto, esta debe quedarse en 14 años de cárcel. 

"Las víctimas pueden sentirse seguras. La pena para el acusado sigue siendo grave y dura"

Esther Erice - Magistrada del TSJN y autora del voto particular que aboga por mantener la pena a Boza

Erice subraya que “la opinión de mis compañeros es igual de respetable, legítima y no resulta infundada. Por ello va a ser finalmente el Supremo quien tenga que interpretarse a sí mismo y decirnos cuál era su voluntad al imponer esa pena de 15 años. Sabido es que la nueva ley rebaja los mínimos de algunos supuestos de pena. En este caso los hechos juzgados tienen una pena inferior al anterior. En la interpretación que realizo de la sentencia del Supremo, entiendo que no puede trasladarse solo un mero cómputo automático de la pena con la nueva legislación. La sentencia del Supremo estableció aquella pena de prisión de 15 años cuando el mínimo legal entonces eran 14 años y 3 meses. Decía el tribunal que aquella pena se encontraba muy próxima al mínimo legal pero, al no imponer dicho mínimo, entiendo que conviene leer lo que dijo el Supremo en su día para determinar la condena. Y ahí es cuando entra en juego el principio de proporcionalidad que debemos respetar. Es decir, el Supremo veía proporcional los 15 años atendiendo a la gravedad del caso y a las circunstancias personales y conducta posterior de los acusados. Esos son todos los elementos concurrentes que, a mi criterio, hay que tener en cuenta ahora”.

A juicio de Erice, la discrepancia en el seno del TSJN “evidencia que existen dos formas distintas de interpretar la revisión de la pena atendiendo a la nueva legislacióny ambas alcanzan razonamientos lógicos. Eso no ocurre por ejemplo en aquellos casos evidentes en los que el tribunal sentenciador dictó una pena mínima a sabiendas de que lo hacía y que, por tanto, ahora sí deberían acomodarse a la nueva horquilla penal. Pero ese no es este caso. No estamos ante un mero caso de proporcionalidad aritmética”.

La magistrada navarra lanza también un mensaje de calma para los casos que puedan darse en un futuro y para quien aproveche el oportunismo del momento para analizar esta resolución de manera malintencionada. “Creo que también tenemos que trasladar el mensaje de que las víctimas pueden sentirse seguras. Estamos hablando en todo caso de una pena muy grave de 14 años de prisión, además de 20 años de alejamiento de la víctima y 8 años de libertad vigilada. Esto no se puede interpretar como un carrusel de oportunidades. La respuesta penal sigue siendo muy dura a pesar de que las discrepancias jurídica sean fundadas”.