La Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado la reclamación presentada por una mujer de 44 años y vecina de Berriozar que en los Sanfermines de 2014 sufrió graves lesiones en la espalda al caer por unas escaleras de la Plaza de Toros que carecían de barandilla y estaban repletas de suciedad que hicieron que resbalase. El tribunal deniega cualquier tipo de indemnización para la afectada, que se mantiene en tratamiento en la Unidad del Dolor desde finales de 2015 y a la que se le ha reconocido un 15% de minusvalía, y exime de responsabilidad a la Casa de Misericordia, al concluir que "quien acude a una corrida a la zona de sol asume el riesgo y, por lo tanto, las consecuencias".

La sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra explica que los hechos ocurrieron el 9 de julio de 2014, cuando la demandante se encontraba en la Plaza de Toros y se dirigió a los aseos. Al bajar por las escaleras que conducen del tendido al interior de la galería, resbaló y se golpeó en la zona lumbar, al tiempo que realizaba "un movimiento de hiperextensión del cuello".

La demandante presentó un vídeo como prueba con múltiples caídas en la misma escalera.

La mujer, que fue atendida en la Plaza de Toros por efectivos de Cruz Roja y posteriormente fue trasladada al Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario de Navarra (CHN), permaneció de baja desde el 9 de julio de 2014 hasta el 3 de mayo de 2016, fecha en la que inició un expediente de incapacidad permanente. Como única forma de reclamar por el perjuicio sufrido, la mujer inició acciones civiles contra la Casa de la Misericordia y Helvetia Seguros, que derivó en un juicio civil celebrado en septiembre de 2018, en el que reclamó una indemnización de 119.270,85 euros.

La demanda fue desestimada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pamplona con fecha 19 de marzo de 2019, cuya titular sostuvo que la plaza habían pasado las inspecciones de seguridad pertinentes y también descargó de responsabilidad a la Casa de Misericordia en lo relacionado con la "tradición" de tirar comida y bebida. "No puede achacarse una responsabilidad a la demandada por no mantener la plaza en perfecto estado", concluyó la magistrada.

EN EL TENDIDO 7 Frente a esta resolución, la espectadora presentó un recurso ante la Audiencia Provincial, que en una nueva sentencia señala "en primer lugar que es un hecho a destacar que el suceso que ha dado lugar al presente procedimiento tiene lugar durante la celebración de un acto tan relevante como multitudinario en el marco de las fiestas de San Fermín como es la corrida de toros y en un lugar específico como es la zona de sol, concretamente el Tendido 7 donde se ubica la Peña Oberena".

El tribunal destaca que "en dicha zona como es bien conocido por el público en general, a lo largo de la corrida, y sobre todo a partir del tercer toro los espectadores que han accedido a la plaza llevando comida y bebida de todo tipo, comienzan a merendar siendo en ese momento cuando, dentro de la algarabía y bullicio propio de las fiestas, se tiran al suelo restos de comida y bebida de todo tipo, así como de recipientes de plástico. Tal situación es totalmente asumida y aceptada por quienes acuden a dicha zona, estando en ocasiones más interesada en participar de esa fiesta que en el espectáculo taurino".

Al respecto, los magistrados sostienen que "es evidente que la actora conocía dicha situación y aceptaba las circunstancias en las que, desde esa parte de la plaza, se contemplaba el espectáculo taurino. Por tanto, damos por cierto que no solo la escalera de acceso al tendido sino también este, estaba en el momento en que se produjo la caída totalmente repleta de desperdicios de todo tipo, vasos de plástico, botellas, líquidos y comida".

LIMPIEZA DIARIA La Audiencia entiende que "no cabe atribuir responsabilidad a las demandadas al haber quedado acreditado por un lado que las labores de limpieza de la plaza se efectúan todos los días antes de la corrida, que el propio Reglamento impide entrar en el tendido durante la lidia de los toros y que no está prohibida la entrada de alimentos por parte de los espectadores no siendo esta la causa de la suciedad ya que también lo hacen quienes acuden a otras zonas de la plaza".

Los magistrados agregan que "es también un hecho acreditado a través del informe pericial que el material del suelo del lugar donde se produjo la caída, es hormigón abrasivo que se agarra a la suela del calzado, aunque se reconoce que en el momento que se produjo la caída no se disponía de barandillas o pasamanos". A la vista de ello, concluye la sentencia, procede la desestimación íntegra del motivo de recurso interpuesto.

La Audiencia apostilla que "es cierto que en principio el acudir como espectador a contemplar una corrida de toros en ningún caso puede considerarse ni actividad deportiva ni potencialmente peligrosa, y que el riesgo nada tiene que ver con el que se asume en el ejercicio de actividades peligrosas, pero también es cierto que quien acude voluntariamente en San Fermín a una corrida de toros en el la zona de sol conoce perfectamente las circunstancias que se va a encontrar y el riesgo que debe asumir, debiendo por tanto soportar las consecuencias del mismo".

"Llevo cuatro operaciones y el día 13 tendré la quinta"

¿Cuál es su actual estado de salud?

-Mi día a día se basa en un montón de medicamentos, porque no ponen solución al dolor existente desde la caída. Ya llevo cuatro operaciones y el día 13 de este mes tendré la quinta. Como no saben solucionar mi problema, se pasan la pelota de unos a otros sin conseguir nada más que un montón de cicatrices en el cuerpo, en el que ya tengo 200 puntos. Además estoy en tratamiento psicológico y psiquiátrico por el trauma que sufro.

¿Qué esperanza médica le queda?

-El único médico que ha visto el problema y la solución es el doctor Hidalgo, que me propuso colocar unos tornillos de la vértebra C3 hacia arriba. Tengo un coágulo entre las C1 y C2, por lo que no hay otra solución.

¿Cómo ha cambiado su vida en estos siete años?

-Mi vida ha cambiado en todo. No sólo la mía, sino también la de mi familia. No puedo hacer una vida normal, porque el día que no estoy en Urgencias, estoy con mucho dolor o paso días vomitando por culpa de la medicación. Tienen que llevar y traer a mi hijo del colegio, de las actividades extraescolares. Me tienen que ayudar a ir a comprar. No tengo calidad de vida.

Los jueces aluden a los deportes peligrosos para referirse a lo que le ocurrió en la plaza de toros. ¿Qué piensa al respecto?

-Yo no creía que ir a ver una corrida de toros era un deporte peligroso. Si lo hubiese creído, me habría quedado en mi casa. Yo compré una entrada para ir a un festejo taurino y en ningún momento se me advierte que voy a correr un riesgo. Al pagar la entrada a la Casa de Misericordia, entiendo que estoy cubierta por su seguro de responsabilidad civil.

Dicen que usted debía conocer el "riesgo" existente, que la Casa de la Misericordia cumplió.

-No conocía tal riesgo. Creía que habría barandillas y que las condiciones que había en la plaza eran mejores. No había acudido al baño de no ser así.

¿Sigue creyendo que la Justicia no se ha atrevido a condenar a la Casa de Misericordia?

-Sigo pensando que no se ha hecho justicia por ser quién es la Casa de Misericordia. Existe un seguro de responsabilidad civil para cubrir estos casos. - J.M.S.