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Absuelto en Pamplona un hostelero al que acusó una camarera de abuso sexual

El juez entiende que la declaración de ella "fue coherente y constante", pero la considera insuficiente como prueba para condenarle al no haber más indicios del delito

Absuelto en Pamplona un hostelero al que acusó una camarera de abuso sexualAlex Larretxi

El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha absuelto a un empresario de hostelería de la Comarca de Pamplona que había sido juzgado el pasado mes de febrero después de que una camarera que trabajó un mes en el bar le denunciara por abusos sexuales continuados debido a varios episodios en el propio local en los que refería que el procesado le había besado y tocado a la fuerza.

El juez indica que el testimonio de la mujer ha sido coherente y constante en el tiempo, sin que se aprecie ningún motivo espurio en el mismo, pero entiende que la prueba practicada en el juicio es insuficiente al no haber ningún otro indicio que acredite los abusos. El magistrado, en este caso, subraya que debe aplicar el principio in dubio pro reo (ante la duda, a favor del reo/acusado) y dice que en base al mismo se debe absolver al procesado. La Fiscalía pedía para el acusado tres años de prisión.

La denunciante señaló en la vista que empezó a trabajar para el acusado en mayo de 2021 y que estuvo unas 3 semanas; que ya se conocían de antes; que ella era camarera; que, nada más empezar, el acusado empezó a realizarle comentarios subidos de tono.

TRES EPISODIOS DE ABUSOS

Así, contó como uno de los días le dio un beso y le dijo “encima carnosos”, a lo que ella se quedó flipando; que a la cocinera le dio una nalgada y le dijo que ella sí que se dejaba; que un día, cuando estaba limpiando las mesas, fue por la espalda y le agarró de los pechos; y que otro día que estaba la puerta cerrada, ella estaba limpiando en la barra cuando la llevó a la cocina y le besó el cuello, a la vez que le intentaba meter mano por dentro de la ropa.

La sentencia recuerda que estos hechos ocurrieron cuando no había nadie o, lo del beso, cuando ya estaba el local cerrado y que le costó mucho decidirse a denunciar porque necesitaba el trabajo.

En la declaración que efectuó en el juicio, la denunciante hizo referencia a dos personas que declararon como testigos de la defensa. Se trata de la cocinera (de la que dijo en el juicio que el acusado le había dado una cachetada en la nalga para insinuarle a la acusada que ella sí permitía que le hiciera eso) y por otro lado también se refirió al hermano del acusado, que llegó cuando sucedió el episodio narrado de la cocina.

Sin embargo, el juez entiende que el examen del testimonio de esos dos testigos, que apoyan la declaración del acusado y dijeron no haber visto ninguna situación que pudiera corresponderse con un abuso, “decantan la sentencia por la tesis absolutoria”.

El acusado declaró en la vista que la relación era buena con la camarera; que él no había proferido las expresiones que le atribuyen: que él siempre es cariñoso; que tiene 9 chicas trabajando para él y ninguna queja; que no es cierto que le haya tocado los pechos ni le haya dicho que tiene los labios carnosos.

De hecho, afirmó que habían coincidido en cinco ocasiones y solo una de ellas fue a solas, el día en el que llegó su hermano y que ese día él se estaba haciendo la cena y ella se encontraba en la barra, con el móvil, mientras tomaba algo”.

Así, la declaración de este acusado “ha sido, al menos, tan coherente como la de la denunciante”, dice el juez. A ello hay que sumar las declaraciones de los dos testigos, que nada dijeron ver de particular, para que finalmente el juez razone que “se ha practicado por lo tanto también prueba más que suficiente para emitir una sentencia absolutoria” y ante la duda el acusado debe ser absuelto.