pamplona - La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que no autorice la salida de la cárcel de Oriol Junqueras el 17 de junio para adquirir la condición de eurodiputado en la Junta Electoral porque podría obligar a pedir el suplicatorio al Parlamento Europeo para retirarle la inmunidad y a paralizar el juicio del procés. En otro escrito, el Tribunal Supremo acepta que se autorice la salida de prisión del exconseller Joaquim Forn este sábado para adquirir la condición de concejal en el Ayuntamiento de Barcelona, aunque por su situación “no pueda materialmente ejercer las funciones ni desarrollar las actividades propias del cargo”.

No es de la misma opinión en el caso de Junqueras, ya que cree que el objetivo del exvicepresidente de la Generalitat es “sortear la suspensión de funciones” que ya se ha acordado para él como diputado en el Congreso. Según la Fiscalía, autorizarle a adquirir la condición de eurodiputado “supondría abrir un escenario en el que podrían producirse interferencias absolutamente irrazonables en el ejercicio de la función jurisdiccional”, pues otorgaría al poder legislativo, en el este caso el Parlamento Europeo, una función de “revisión” o “control” sobre el judicial. La inmunidad parlamentaria se convertiría así en un “privilegio” o “derecho particular” de determinadas personas, explica la Fiscalía, que recuerda además que el juicio oral casi ha concluido y que el dictado de la sentencia “no puede sujetarse a condición alguna”.

“La exigencia de suplicatorio en la fase procesal en la que nos encontramos, y la posibilidad de que fuera necesario acordar la suspensión de este proceso penal, no constituiría un ejercicio razonable y proporcional de las prerrogativas parlamentarias”, resume. Según la argumentación del fiscal, cuando fue elegido diputado no fue necesario solicitar el suplicatorio al Congreso porque ese trámite sólo es exigible en los momentos previos a la inculpación o el procesamiento, pero, de acuerdo con el reglamento de la Eurocámara, sí habría que dar ese paso en el Parlamento comunitario para retirarle la inmunidad. Ello derivaría en la “suspensión y paralización del procedimiento, lo cual generaría una intromisión tan indebida como inadmisible en el ejercicio de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado que corresponde al Poder Judicial”, insiste.

En el caso de Forn, la Fiscalía ve obvio que una persona en prisión preventiva no podrá ejercer una actividad continuada, pero considera que sí tiene derecho a adquirir la condición de edil porque es candidato electo y no está privado por sentencia firme del ejercicio de su cargo. - D.N.