El juicio por la destrucción de los ordenadores del extesorero del PP Luis Bárcenas, con el partido y tres empleados acusados y que puede convertir al PP en el primer partido político condenado persona jurídica, quedó ayer visto para sentencia con conclusiones contrapuestas: las acusaciones populares ven acreditada una conducta criminal y el partido, una causa política.

La Fiscalía, por su parte, reiteró su petición de absolución al entender que el relato de Bárcenas, que sostuvo que en los ordenadores había información sobre la caja B del PP, ha tenido “numerosas contradicciones” y que, concluida la vista oral, persisten las “dudas” en torno al caso, dudas que deben interpretarse en beneficio del reo. Según la argumentación de la fiscal Carmen Luciáñez, si el PP borró su propia contabilidad B, no hay delito de daños informáticos, que implica borrar archivos ajenos; y si los archivos hacían referencia a la caja opaca hasta 2006, el delito habría prescrito y la presunta conducta encubridora de los populares no habría obstaculizado la labor de la justicia.

Sin embargo, las acusaciones populares, ejercidas por IU, el Observatori de Drets Humans, y la Asociación de Abogados Demócratas por Europa, han visto “absolutamente acreditada” la “conciencia criminal” del PP y sus empleados al borrar los discos duros e impedir que la justicia accediera a pruebas de posibles delitos fiscales, contables y de cohechos.

El letrado Juan Moreno, en nombre de IU, Justicia y Sociedad y Los Verdes, recordó que los hechos se remontan a 2013, cuando la Audiencia Nacional investigaba la presunta caja B del PP y los acusados tenían “pleno conocimiento” de la causa que afectaba a Bárcenas. Atribuyó así una “conducta criminal” a las tres personas físicas acusadas junto al partido, la extesorera Carmen Navarro; el responsable de su asesoría jurídica, Alberto Durán; y el jefe del departamento de sistemas informáticos, José Manuel Moreno, y al PP una “omisión criminal”, por no haber hecho nada para evitarlo.

Los tres empleados están acusados de encubrimiento y daños informáticos, delito que también se imputa al PP como persona jurídica. IU pide para las penas más elevadas para ellos: multa de casi 11 millones de euros para el partido y cuatro años y medio de prisión para los trabajadores. Pero la única prueba para pedir esas “desaforadas” penas, según subrayó el letrado del PP, Jesús Santos, es la palabra de Bárcenas, que “carece absolutamente de credibilidad” por sus “contradicciones, falsedades y mentiras” y por su “animadversión” al partido desde que éste le prohibió la entrada en la sede de Génova.

Además de la absolución, las defensas han pedido la condena en costas para las acusaciones populares al estimar que han actuado desde el inicio “con temeridad y mala fe” y guiadas por “motivaciones espúreas” e instrumentalizando un proceso penal “para el desgaste político del adversario” con un “verdadero abuso del derecho”.

El abogado denunció las “cicatrices” que el caso ha dejado en los tres empleados del PP, que llevan casi seis años “padeciendo la conducta compulsiva de una persona mentirosa como el señor Barcenas, que ha encontrado refugio en acusaciones populares que han actuado con clara intencionalidad política”.

“Se busca una causa general al PP”, ratificó el letrado Enrique Molina, defensor de la extesorera Navarro y convencido de que tanto ella como los otros dos empleados han sido los “cabezas de turco” de una causa que demuestra que “a la gente se le sigue imputando por lo que es, y no por lo que ha hecho”

Las defensas insistieron en que los ordenadores reclamados por Bárcenas eran propiedad del PP y que no se ha demostrado con pruebas qué contuvieran ningún archivo y reiteraron que el partido borró los discos duros para cumplir con la Ley de Protección de Datos, con una técnica -de 35 sobreescrituras- reconocida internacionalmente. En la quinta y última jornada de la vista oral, las defensas y la Fiscalía han vuelto a esgrimir además la doctrina Botín para cuestionar la legitimidad de las acusaciones populares para mantener viva la causa.