madrid - El calendario de la investidura ya está desplegado sobre la mesa y hay días marcados en rojo, uno de ellos el 10 de noviembre, el domingo que podría albergar la repetición de elecciones si Pedro Sánchez no logra los apoyos necesarios antes del 23 de septiembre.

La agenda se ha ordenado a raíz de una fecha, el 22 de julio, cuando el candidato del PSOE acudirá al Congreso, a las 12.00 horas, para exponer ante el pleno su programa de gobierno.

La presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, anunció ayer la fecha de inicio del debate de investidura y, por extensión, todas las demás fechas importantes que determinarán la suerte del secretario general de los socialistas.

La elección estuvo influida por la conversación telefónica previa que tuvieron Sánchez y Batet. El presidente no pudo acudir al Congreso, como era su intención, porque las negociaciones que renovarán la Presidencia de la Comisión Europea no terminan.

Así que el primer día importante será el 22 de julio y, justo después, el 23, cuando se celebre la primera votación de la investidura, para la que es preceptiva la mayoría absoluta, es decir, 176 síes como poco. Sánchez tiene casi imposible ese caudal.

Como lo previsto es que no fructifique la mayoría absoluta, tendrá que organizarse una segunda votación 48 horas después, tal y como establecen la Constitución y el reglamento del Congreso. Bastarán más síes que noes, es decir, la mayoría simple. Esto significa que el jueves 25 de julio también está marcado en rojo en el calendario.

Pero la radiografía actual de los apoyos parlamentarios no invita al optimismo, pues Sánchez, de momento, sólo tiene garantizados los 123 votos del PSOE y el del PRC. La barrera de los 147 noes seguros del PP, Cs y Vox es ahora insuperable.

A la espera de que negociaciones posteriores cambien el panorama (será crucial el desenlace de las conversaciones entre el líder del PSOE y el de Unidas Podemos, Pablo Iglesias), la investidura se vislumbra fallida, en cuyo caso se habilitaría un plazo constitucional de dos meses para que dentro de dicho margen surja un candidato con respaldo suficiente.

El calendario, entonces, marca el 23 de septiembre; si antes de este día ni Sánchez ni nadie acumula los apoyos parlamentarios necesarios, se disuelven las Cortes y el BOE publicará otro real decreto de convocatoria electoral.

Éste se expediría, publicaría y entraría en vigor el día posterior al del fin del plazo de dos meses, así que otro círculo rojo marca el 24 de septiembre. Y otro círculo más para el 25, porque es justo aquí cuando empiezan a contarse los 47 días que han de pasar antes de fijarse la jornada electoral.

revuelo con las fechas Aunque el real decreto de convocatoria de comicios entre en vigor el 24, éste no se incluye en la cuenta atrás de la repetición electoral. El arranque de este plazo de 47 días comienza el 25.

Justamente por este matiz se ha creado revuelo con las fechas, ya que en un principio las cuentas abocaban a la instalación de las urnas el sábado 9 de noviembre, festividad de la Almudena en Madrid.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) define la pauta a seguir en estas situaciones e indica: “El real decreto de convocatoria señala la fecha de las elecciones, que habrán de celebrarse el día cuadragésimo séptimo posterior a la convocatoria”. En esa palabra “posterior” está la verdadera clave. - Efe

Los últimos sondeos, favorables al PSOE y el PP. Una repetición de las generales, según algunos sondeos y el resultado de las elecciones autonómicas, municipales y europeas del 26 de mayo, podría favorecer a PSOE y PP y perjudicaría a Ciudadanos, Unidas Podemos y Vox. Pero el posible hastío de los ciudadanos al acudir a las urnas por cuarta vez en cuatro años por unas generales hace difícil cualquier predicción.