pamplonA - El Gobierno de Pedro Sánchez estrecha el cerco sobre Roger Torrent, presidente del Parlament, y la Mesa de la Cámara catalana. El Ejecutivo socialista ha impugnado ante el Tribunal Constitucional (TC), a través de sendos incidentes de ejecución de sentencia, dos resoluciones aprobadas en el pleno del pasado 25 de julio, una de ellas que atañe a una iniciativa a favor del derecho de autodeterminación y la otra, una reprobación del rey. En ambos casos ha pedido al Alto Tribunal que declare la “nulidad” de ambas disposiciones instando a que sean “suspendidas de forma inmediata”, según explicó ayer la ministra portavoz, Isabel Celaá, tras el Consejo de Ministros. Todas las resoluciones, incluidas las de suspensión, deben ser notificadas de forma personal al dirigente del ERC, al secretario general del Parlament y a los miembros de la Mesa, de forma que la dirección de la Cámara catalana sepa “que deben impedir cualquier actuación que eluda las sentencias” o, de lo contrario, se “les apercibirá de sus responsabilidades”, entre las que se incluyen las repercusiones penales. A esto último se refirió el ministro de Agricultura, Luis Planas, quien mencionó la figura delictiva del “desacato”, aunque ese tipo penal fue eliminado del Código Penal en la reforma de 1995.

ejecutor de sentencias Planas recordó que el TC dejó claro ya que estas resoluciones no son legales. “Las sentencias son bloque de constitucionalidad y le pedimos al Tribunal que pida que sus sentencias se ejecuten”, aseveró, matizando que, de no ser así, hay varios tipos penales “que habría que examinar”. Esta decisión llega cuando se está a la espera del recurso a otros acuerdos del Parlament más recientes: cuando la Mesa permitió votar tres resoluciones pidiendo la salida de la Guardia Civil de Catalunya, una respuesta institucional contra el fallo del procés y el acuerdo por la amnistía y la autodeterminación.

El Ejecutivo español entiende que con las dos resoluciones mencionadas se vulnera la sentencia 259/2015 del TC, que anuló una resolución de 2015 con la que se abrió el proceso soberanista, y el fallo 136/2018 que declaró inconstitucional la moción que ratificaba los objetivos políticos del referéndum del 9-N de 2014. Respecto a la reprobación del monarca, el TC ya anuló una resolución con parecido contenido de 2018 en su sentencia 98/2019, que según Moncloa se incumple al promover otra vez una iniciativa similar.

Este marcaje contra los pasos del independentismo se contrarrestó ayer por parte del Govern con la decisión de Quim Torra de retirar los símbolos independentistas de los edificios públicos de la Generalitat pese a presentar un recurso de reposición ante la Junta Electoral Central (JEC). El Jefe del Govern recurrió la decisión por entender que “la campaña electoral no excluye la difusión de otros mensajes de signo político” y su prohibición total afecta a los derechos fundamentales de los empleados públicos “más allá de toda ponderación de proporcionalidad”.

El president reproduce los argumentos que en su momento alegó ante la anterior orden de la JEC del 26 de septiembre de retirar la pancarta de la fachada del Palau. Torra remarca en este recurso el argumento de la libertad de expresión de los funcionarios que han decidido colgar símbolos en tanto que este derecho “solo puede limitarse por causa legal interpretada restrictivamente”, y de paso recuerda el hecho de que el Consejo de Europa investiga el creciente número de políticos procesados en el Estado español y Turquía como consecuencia de la posible vulneración del mismo.

Ayer a mediodía la mayoría de consellerias ya no lucían lazos amarillos, pancartas a favor de los líderes soberanistas presos ni otros símbolos soberanistas. Desde el Govern aseguraron que la pancarta que figura ahora en la fachada del Palau no está afectada por la orden” de la JEC, y es que además ya figuró durante el anterior periodo electoral en sustitución de la que reclamaba la libertad de los presos y el retorno de los “exiliados”, sobre la que la autoridad electoral no puso objeciones.

155 y ley de seguridad Asimismo, desde Moncloa recalcaron que el Ejecutivo está en funciones pero “no es un gobierno disfuncional” y que la ley permite aplicar las medidas “necesarias” ante “casos de urgencia acreditados o de interés general”, en alusión al artículo 155 o la Ley de Seguridad Nacional, con la que controlaría a los Mossos para garantizar el orden público. Por ello, Celaá advirtió de que la potestad de activarlos ante una situación de “excepcionalidad” hace que sea la Generalitat quien tenga “la llave” en función de sus actuaciones.