l Gobierno aprobó ayer en un Consejo de Ministros Extraordinario el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una ayuda que en palabras del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, supondrá la práctica erradicación de la pobreza extrema, que actualmente afecta a 600.000 hogares y 1,6 millones de personas en España. A continuación detallamos algunas de las claves.

El Ingreso Mínimo Vital se podrá solicitar a partir del próximo 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten. La medida tendrá un coste anual aproximado de unos 3.000 millones de euros.

En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular deberá tener entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año. Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata de seres humanos y explotación sexual.

La prestación pretende llegar a 850.000 hogares, un 16% de ellos monoparentales (en un 90% encabezados por una mujer), en los que viven 2,3 millones de personas, un 30% de ellas menores. Estos hogares tiene una renta media que no llega a los 310 euros mensuales.

No tienen una cantidad fija. Van desde el equivalente a una pensión no contributiva para un adulto solo (unos 460 euros al mes en doce pagas) a algo menos del SMI (1.000 euros al mes en doce pagas). El ingreso mínimo vital parte de 14 tipologías de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año (unos 462 euros al mes). A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales. Las familias compuestas por tres adultos y dos niños o más o por cuatro adultos y un niño recibirán 1.015 euros mensuales. Estas ayudas serán compatibles con las rentas mínimas de las CCAA.

Para que sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado; pero si se dispone de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos 4.400 euros anuales. Además, para certificar que el IMV llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

La solicitud será multicanal de forma que se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público. Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social.

Los beneficiarios contarán con incentivos a la contratación y también se creará un sello social para las empresas que les ofrezcan formación y empleo. Asimismo, se fomentará la participación en el mercado laboral con incentivos, de forma que cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación. En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de la covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.

El Instituto Nacional de Seguridad Social se hará cargo de la gestión del IMV en toda España, excepto en Navarra y la CAV, donde serán estas CCAA las que se hagan cargo.

"Nace un nuevo derecho social en España porque no hay libertad si no se llega a final de mes"

Vicepresidente segundo del Gobierno

"Hay que ser muy rápidos y muy eficaces para que el IMV pueda llegar al máximo posible de hogares"

Ministro de la Seguridad Social

"No se puede dejar a nadie atrás, pero el IMV debería haber sido una medida coyuntural"

Presidente de la CEOE

"El futuro tiene que pasar por crear puestos de trabajo y no por un IMV como única garantía de futuro"

Vicesecretaria de Política Social del PP

"El IMV no desincentivará el empleo porque los trabajadores quieren un trabajo y un salario dignos"

Secretario general de CCOO