Si el Tribunal Supremo considera como investigado a Manu Ayerdi por el asunto referido a la empresa Davalor, dejará de ser consejero del Gobierno de Navarra. Hay que recordar que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en auto de fecha de 1 de diciembre de 2020 conocido hoy, recaída en el procedimiento de la causa especial número 20346/2020, ha acordado declararse competente para la instrucción, y en su caso, el enjuiciamiento del consejero de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra, Manu Ayerdi, así como abrir el procedimiento designando instructor.

Este auto no declara todavía la admisibilidad de la querella y la consiguiente declaración de Ayerdi, esperando a que el instructor realice su labor para tomar una decisión.

En el caso de que finalmente se admita la querella y Ayerdi sea considerado como investigado, sería de aplicación lo previsto en el artículo 68 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, en virtud de que los supuestos hechos presuntamente constitutivos de delito son los de prevaricación del artículo 404 del Código Penal y de malversación de caudales públicos del artículo 432 del citado código.

Dicho artículo explicita que, en dicho escenario de admisión de la querella y de declaración como investigado, Ayerdi dejará ser consejero del Gobierno de Navarra bien, en primera instancia, a voluntad propia o bien por decisión por parte de la persona que en su día le otorgó la confianza, es decir, la Presidenta del Gobierno de Navarra.