El magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar ha rechazado de plano la admisión de varias recusaciones planteadas por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra jueces del alto tribunal como Pablo Llarena o el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena.

Sánchez Melgar, instructor del expediente, considera que la recusación planteada por Puigdemont y por los exconsellers Clara Ponsatí, Lluis Puig y Antoni Comín se basa en causas infundadas y arbitrarias, es abusiva y además tiene defectos formales.

Los cuatro líderes independentistas, que huyeron del Estado español en 2017 evitando así ser juzgados junto a sus compañeros de Govern, intentaron apartar al magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del proceso independentista catalán en 2017, por haber aceptado un premio de la Fundación Villacisneros.

También lo hicieron con el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, y otros tres magistrados por haber integrado el tribunal que dictó la sentencia del 'procés', y contra el propio Sánchez Melgar como instructor del incidente de recusación porque fue fiscal general del Estado.

En el auto en el que se rechazan de plano todas las recusaciones, Sánchez Melgar niega que Llarena haya perdido su imparcialidad por haber aceptado una distinción de la Fundación Villacisneros y cuestiona el escrito de Puigdemont, un "totum revolutum", dice, donde no se explica cuál es el interés personal directo o indirecto del recusado por el simple hecho de haber aceptado un premio.

"La recusación se tiene que basar en una actuación propia del magistrado, no en aquella que un tercero le atribuya", señala el auto.

En opinión de Sánchez Melgar, Puigdemont y sus exconsellers han hecho un uso abusivo e indiscriminado de las recusaciones hasta el punto de haber recusado "a todos los magistrados que van apareciendo en la pieza abierta al efecto, y ello en cadena".

Pero además menciona los defectos formales del escrito de recusación. Por ejemplo, la ley exige la presentación de un poder especial para pleitos para identificar al juez o tribunal concreto concernido y, en este caso, lejos de ser un poder "especial", es más bien "general" ya que incluye una lista con 12 magistrados del Tribunal Constitucional, 58 del Supremo y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

"De admitirse un poder de las características descritas como «especial»" se estaría confiriendo una facultad de "recusar a cualquier juez o magistrado (...) de cualquier órgano, en cualquier momento, por cualquier causa y sean cuáles sean los hechos en que se fundamente. Esto es, una facultad de «recusación preventiva», a futuro, inconcreta e ilimitada", indica.

En cualquier caso, Sánchez Melgar considera la recusación extemporánea por haberse presentado casi un mes después de la entrega del premio a Llarena, y añade que el Supremo ya se ha pronunciado sobre la ausencia de capacidad de recusar de las personas que, como ellos, están en situación de rebeldía porque, resalta, si no quieren enfrentarse a un proceso penal, "mucho menos pueden plantear en esa situación, cuestiones formales sobre el propio proceso, del que no quieren participar".