MADRID - La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado los nombramientos de los magistrados Enrique López y Eloy Velasco como miembros de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional que acordó en mayo de 2017 el Consejo General del Poder Judicial. La anulación de los nombramientos deriva de la estimación de los recursos presentados por otros dos jueces, que también se presentaron al concurso por las plazas.

Junto al presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, López y Velasco integran la primera Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional de la historia española, que empezó a funcionar el 1 de junio de 2017 y que tiene entre los pronunciamientos más conocidos el recurso de apelación sobre la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua en 2016, un fallo con el que confirmaron que no se trató de un delito de terrorismo, aunque sí contenía agravantes de odio.

Considerados de corte conservador, fueron nombrados en sus puestos el 17 de mayo de 2017 por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial tras un concurso en el que se disputaron las plazas con otros treinta jueces, la mayor parte magistrados de la Audiencia Nacional. La decisión en aquella permanente se adoptó por mayoría de 6 votos a 2 -los de los vocales Álvaro Cuesta y Pilar Sepúlveda- y de conformidad con el informe solicitado por la propia Comisión a su gabinete técnico sobre el modo en que debía interpretado el párrafo segundo que artículo 330.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que fija los requisitos.

Sin embargo, otros aspirantes recurrieron el acuerdo por considerar que no se ajustaban a derecho los requisitos del concurso, pero la impugnación no suponía ningún retraso en la elección prevista y los nombramientos siguieron su curso. Entre ellos estaba Manuela Fernández de Prado, que junto al instructor Carlos Valle, ha acabado llegando hasta el Tribunal Supremo y consiguiendo la nulidad, que no tendrá efectos sobre sus resoluciones. - Europa Press