PAMPLONa - El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 16 años de prisión a un hombre de 45 años, vecino de la Comarca de Pamplona, como autor de dos delitos de abusos sexuales, uno de ellos continuado (9 años), cometidos sobre las dos hijas de la que era su pareja sentimental, que tenían 11 y 15 años cuando ocurrieron los hechos. La sentencia fija una indemnización de 30.000 euros. El encausado lleva en prisión desde que fue denunciado por estos hechos en 2017, ocho años después de que ocurrieran y una vez que las víctimas ya eran mayores de edad. La defensa del procesado trató de rebatir la versión ofrecida por las víctimas, pero antes el TSJN y, ahora, el Supremo, reiteran la plena credibilidad de las víctimas, que vino corroborada por la abundante prueba testifical de cargo y por la prueba pericial psicológica, “que descartó cualquier asomo de fabulación o simulación y gozó de la exigible coherencia”, dijo el TSJN.

El Supremo entiende que la valoración de la prueba “se ajusta a las reglas de la lógica y a las máximas de las experiencia, por lo que merecen su refrendo”, añade. El acusado alegó, para que se le aplicaran atenuantes que le rebajaran la pena, que era consumidor de alcohol y que padecía TDAH lo que dificultaba el control de impulsos. El TSJN ya le respondió que “si bien es pacífico que consumía alcohol, también lo es que solo lo hacía los fines de semana y nunca en el domicilio donde ocurrieron los abusos”. Sobre el trastorno de la actividad y atención, el tribunal señala que los peritos médicos han discrepado en torno al diagnóstico y no consta con la suficiente nitidez la concreta influencia del supuesto trastorno. Ahora, el Supremo respalda el criterio ya seguido en la Audiencia y el TSJN y precisa que “no basta la existencia de un diagnóstico para concluir que en la conducta del sujeto concurre una afectación psíquica”.

PREVALIMIENTO Según el fallo, el procesado convivía con su pareja sentimental y sus hijas en un piso de la Comarca de Pamplona y mantenía una “muy buena” relación con las niñas. Por ello, “aprovechándose de la confianza que la convivencia favorecía”, el acusado abusó a primeros de 2009 de la hija menor cuando esta accedió a la habitación del matrimonio para ver la tele estando el procesado en la cama, se tumbó al lado y este le realizó diversos tocamientos en su zona íntima. Estos hechos se repitieron en otra ocasión en el sofá y una vez más en el dormitorio. La menor contó estos hechos a su madre y él le pidió disculpas. También se lo contó a su hermana mayor, que no le creyó por ser el hombre procesado “tan bueno”. Sin embargo, en junio de 2009, en plena madrugada y mientras la hija mayor dormía, el acusado aprovechó para abusar de ella. Fue entonces cuando la chica le contó a su madre lo ocurrido y esta echó a su pareja de casa. Los hechos narrados han ocasionado que las jóvenes precisen tratamiento psicológico. A pesar de que los abusos ocurrieron hace nueve años no fueron denunciados hasta 2017, pese a que las jóvenes “desvelaron los actos sexuales que les realizó el procesado a las personas más cercanas. En ningún caso habían denunciado antes porque su madre se lo desaconsejó al advertirles de que ello podría traer como consecuencia que “su padre realizara algún acto contra el acusado, además de quedar estigmatizadas como víctimas”. Al pasar los años, el padre de las víctimas se enteró de los hechos y fue quien acudió con ellas a denunciar.