La Dirección General de Administración Local y Despoblación ha elaborado una guía con las preguntas y respuestas más frecuentes que recibe de las corporaciones locales en relación con sus actividades y servicios afectados por el estado de alarma por el coronavirus.

¿Tiene validez legal la celebración de plenos telemáticos? ¿Cómo gestionar la suspensión de los plazos administrativos? ¿Afecta la suspensión de los plazos al pago de los tributos locales? ¿Puede el ayuntamiento presentar un ERTE a su personal laboral? ¿Cuáles son los servicios esenciales de un ayuntamiento durante la crisis del COVID-19? Estas son algunas de las cuestiones que se han recibido en el Departamento de Cohesión Territorial en las últimas semanas y con las que se ha elaborado una guía que asesore jurídicamente a las entidades locales.

El documento, que ya se ha distribuido en mancomunidades, ayuntamientos y concejos de Navarra, da respuesta a las 30 preguntas más frecuentes, con un contenido fundamentalmente jurídico al aplicar a la realidad diaria de los pueblos la declaración del estado de alarma y sus medidas urgentes para hacer frente a la pandemia.

Así, por ejemplo, aclara que se "da rango de legalidad a la celebración telemática de sesiones en las entidades locales, en situaciones de emergencia sanitaria", eso sí, "cuando se puedan garantizar la seguridad tecnológica y la participación política de sus miembros y la votación de los acuerdos". En caso de no existir esa garantía o los recursos necesarios, la entidad deberá optar por no celebrar el pleno.

También aclara que la suspensión de plazos no afecta al pago de los tributos, aunque sí se amplía el período al 30 de abril si la deuda estaba notificada el plazo no hubiera concluido antes del 14 de marzo; y hasta el 20 de mayo si no se hubiera notificado en esa fecha.

Las entidades locales también han realizado varias consultas sobre contratación administrativa y las consecuencias de la suspensión de los contratos.

En materia de personal, se recuerda que las suspensiones de contratos laborales o reducciones de jornada no serán de aplicación para las personas empleadas por las administraciones públicas.

Sobre los servicios esenciales, obligados a prestar por ayuntamientos y concejos, cada entidad ha de determinar mediante resolución de alcaldía cuáles de sus servicios tienen ese carácter. No obstante, considera que pueden considerarse esenciales el suministro y saneamiento de aguas, los servicios sociales destinados a mayores y dependientes, los sanitarios, alumbrado público, recogida de residuos sólidos urbanos, cementerios, policías locales, bomberos y protección civil, principalmente.

Envases y bolsas para el comedor social Villa Javier

Por otro lado, en los últimos días el comedor social Villa Javier, ubicado en Tudela, ha recibido del Consorcio de Residuos 24.000 bolsas y recipientes reutilizables para proseguir con el reparto de comidas. La entidad social se vio obligada a cerrar el servio presencial, pero ha continuado con la entrega de alimentos a las personas con mayor grado de necesidad.

Villa Javier recurrió al Consorcio de Residuos, entidad conformada por el Gobierno de Navarra y 15 mancomunidades de servicios, ante la necesidad de envases y bolsas para entregar los lotes de comidas. Todas las entidades mancomunadas han respondido solidariamente a esta petición: Alto Araxes, Bidausi, Ayuntamiento de Baztan, Bortziriak, Esca Salazar, Irati, Mairaga, Malerreka, Mendialdea, Montejurra, Ribera Alta, Ribera, Sakana, Sangüesa y Valdizarbe. Coordinadas por el Consorcio, han hecho entrega de 12.000 envases compostables y 12.000 bolsas reutilizables, que podría ampliarse según las nuevas necesidades del comedor social.

El gerente del Consorcio, Fernando Mendoza, ha resaltado que "no hemos dudado en apoyar esta iniciativa social con el material que disponemos para evitar el desperdicio alimentario en locales de hostelería y restauración". También ha agradecido la "respuesta solidaria de todas las entidades mancomunadas, dispuestas a integrar el aspecto social, el económico y el ambiental".

Villa Javier es una entidad sin ánimo de lucro formada por voluntariado de la Ribera con el objetivo de trabajar contra la pobreza y las desigualdades. Ofrece un servicio de comedor dirigido a las personas que, por sus especiales circunstancias de vulnerabilidad (económicas, psíquicas, administrativas€), tienen dificultades para acceder de forma regular a una alimentación equilibrada y saludable.

En el caso de familias con menores, se facilitan alimentos a través de un formato de autoservicio denominado 'El Capacico' y coordinado con los servicios sociales de base para que puedan cocinar en casa en lugar de ser atendidos en el comedor.

Desde que se decretase el estado de alarma por COVID-19, se ha suprimido el servicio presencial de comedor y la comida cocinada se entrega en recipientes y bolsas desechables, unificando la entrega conjunta de comida, cena y desayuno a mediodía.