- Comienza la fase 1 con muchas dudas. ¿A qué hora puedo ir a una terraza? ¿Se mantienen las franjas de paseo y deporte? ¿Puedo viajar acompañado en coche? ¿Con cuántas personas me puedo reunir? A continuación, una guía para despejar interrogantes de la nueva realidad. DOCUMENTO COMPLETO CON PREGUNTAS Y RESPUESTAS

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Primer día de la Fase 1 de la desescalada

¿Las personas vulnerables pueden hacer uso de las habilitaciones?

-Sí, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo medidas de protección.

¿Qué personas no pueden hacer uso de las habilitaciones?

-Las que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada.

¿Podemos reunirnos en grupo?

-Se autorizan las reuniones de hasta un máximo de diez personas. Este límite no se aplicará a personas convivientes. Se guardará la distancia social de aproximadamente 2 metros y manteniendo las medidas necesarias de higiene y seguridad.

¿Qué medidas hay que tomar en los contactos sociales con terceros?

-Las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19: Obligatorio mantener una distancia mínima de seguridad de dos metros o medidas alternativas de protección física; Lavado frecuente de manos con abundante agua y jabón o gel antiséptico; Respetar la etiqueta respiratoria; Toser en el ángulo del codo; Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser; No saludarse con la mano, ni dar besos y abrazos; Lavarse las manos constantemente; No escupir en vías públicas.

¿Siguen vigentes los horarios establecidos para salidas de niños, paseos y deporte de la Fase 0?

-Sí, a fecha de hoy siguen vigentes las franjas horarias en las que se puede salir a pasear o hacer deporte individual. Como hasta el momento, las franjas horarias no se aplicarán a las poblaciones de hasta 5.000 habitantes, donde las actividades están permitidas de 6.00 a 23.00 horas.

¿Podemos ir en el mismo coche?

-Se permite el uso compartido de vehículos privados, en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio. En este caso podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes. No obstante, las personas que residan en la misma vivienda podrán compartir un mismo vehículo con la única limitación del número de plazas autorizadas para el mismo. En este caso no es obligatoria la mascarilla; En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A esos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.

¿Puedo circular por mi provincia?

-Sí, se puede circular por la provincia. Los desplazamientos en coche no tienen franja horaria. No obstante, hay que tener en cuenta que en relación con las condiciones para los paseos y el ejercicio de deporte individual, franja horaria y término municipal o kilómetro de distancia al municipio.

¿Qué condiciones tienen las actividades de turismo activo o naturaleza?

-Sólo se pueden realizar a través de empresas que presten ese servicio con los requisitos que recoge la norma.

¿Puedo desplazarme a otra provincia?

-No se permiten hasta que no finalice el proceso de transición hacia la nueva normalidad (después de la Fase III), salvo excepciones que justifiquen el desplazamiento por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

¿Puedo ir a mi segunda residencia?

-Se autoriza el desplazamiento a la segunda residencia, siempre y cuando: Esté situada en la misma provincia; Se cumplan las medidas establecidas sobre número de personas que pueden circular en un coche; Se cumplan las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades para la prevención del COVID-19.

¿Puedo tomar algo en una terraza?

-Sí, se autoriza el uso de terrazas hasta un máximo de 10 personas por mesa, si bien este límite no aplica en el caso de que todas ellas residan en un mismo domicilio; Límite del 50% de mesas permitidas; Asegurar distancia de 2 metros; Implementar medidas de higiene y prevención; Se priorizarán, entre otras, las siguientes medidas de higiene: Utilizar mantelerías de un solo uso; Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados; Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso; Se evitará el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles o similares; Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras y similares, priorizando monodosis desechables; La ocupación máxima de los aseos por los clientes será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los aseos, como mínimo, seis veces al día.

¿Puedo ir a una terraza de hostelería a cualquier hora del día o tengo que respetar las franjas horarias?

-Sí, se autoriza el uso terrazas. No hace falta que el desplazamiento sea en las franjas horarias establecidas para paseo y deporte de la Fase 0.

¿Puedo ir a comprar a un comercio a cualquier hora del día o tengo que respetar las franjas horarias?

-Sí se autoriza el desplazamiento a comercios. No hace falta que se acuda dentro de las franjas establecidas para paseo y deporte de la Fase 0.

¿Está permitido el alojamiento en hoteles y alojamientos turísticos?

-Sí, está permitido pernoctar en hoteles y alojamientos turísticos situados dentro de la provincia, pero no de otras provincias. El servicio de restauración se prestará exclusivamente para los clientes; No se permite utilizar piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y de todos aquellos espacios análogos que no sean imprescindibles para el uso de hospedaje del hotel o del alojamiento.

¿Cuántas personas pueden asistir a velatorios y entierros?

-Se autorizan los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 en espacios cerrados; La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios.

¿Qué medidas de seguridad e higiene hay que seguir en velatorios y entierros?

-Mantenimiento de distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

¿Se puede asistir a lugares de culto?

-Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas de higiene y distancia física.

¿Qué medidas de higiene hay que seguir en los lugares de culto?

-Uso de mascarilla con carácter general; Antes de cada celebración, se deberán realizar tareas de desinfección de los espacios utilizados o que se vayan a utilizar, y durante el desarrollo de las actividades, se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia; No se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto; No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa; Se organizarán las entradas y salidas para evitar aglomeraciones.

¿Puedo ir a los gimnasios?

-Dependerá de si son gimnasios en espacios abiertos o cerrados. Los gimnasios en espacios cerrados empezarán a retomar su actividad en la Fase I, pero solamente para actividad individual, que no implique contacto físico ni uso de vestuarios y con cita previa. En el caso de gimnasios exteriores, a partir de la Fase I.

¿Cuándo se podrán utilizar las instalaciones deportivas?

-En la Fase I se abren las instalaciones deportivas al aire libre sin público y solo para practicar deportes en los que no exista contacto, como el atletismo o el tenis. También los centros deportivos cerrados para actividades deportivas individuales, previa cita, que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

Los desplazamientos en coche por la provincia se permiten sin franja horaria; pueden viajar dos personas por cada fila de asientos

Se autoriza el uso de terrazas, con 10 personas máximo por mesa, no hace falta que el desplazamiento sea en franja de paseo y deporte de Fase 0

Los gimnasios en espacios cerrados, solo para actividad individual que no implique contacto físico ni uso de vestuarios, y con cita previa