- El Gobierno regulará en próximos días el uso obligatorio de mascarillas en espacios públicos, una solicitud planteada por las autonomías y cuya implantación estudia el Ministerio de Sanidad, que de momento no ha dado detalles concretos de la extensión de esta medida ahora limitada al transporte público.

Esta intención, anunciada ayer en rueda de prensa por la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, se produjo el mismo día en el que la cifra de fallecidos bajó por primera vez de 100, situándose en 87, la más baja desde hace dos meses. El titular de Sanidad, Salvador Illa, también reconoció la unanimidad en la petición, aunque no quiso dar detalles concretos hasta que la orden no esté cerrada.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por su parte, comunicó ayer a los presidentes autonómicos, durante su encuentro virtual, la intención de eliminar las franjas horarias para pasear y hacer deporte en los núcleos de población de hasta 10.000 habitantes, como viene ocurriendo en los que tienen 5.000 o menos. El establecimiento de franjas horarias para realizar actividades entró en vigor el 2 de mayo con el fin de regular determinadas actividades, como las salidas de niños, mayores y deportistas, en todo el territorio, a excepción de los municipios de menos de 5.000 habitantes.

Otra de las novedades conocidas ayer y que causó sorpresa fue la autorización del Gobierno de permitir finalmente las rebajas desde hoy incluso en los lugares que aún siguen en la Fase 0 de la desescalada siempre, eso sí, que no generen aglomeraciones. De hecho, Sanidad establece que, en el caso de producirse una gran afluencia de personas, deberá procederse al cese inmediato de estas promociones "si fuera necesario".

Los establecimientos de más de 400 metros cuadrados podrán abrir sus puertas desde hoy, pero solo en las zonas que hayan pasado a la Fase 1, siempre que acoten el espacio abierto al público ajustándose a este umbral de 400 metros y con varios requisitos más: 30% del aforo, distancia mínima de dos metros entre clientes o solo una persona dentro y horario de atención prioritario para mayores de 65 años. Ya no es necesaria la cita previa.

También pueden abrir desde hoy las administraciones de Lotería, a excepción de las ubicadas en centros comerciales y sin acceso independiente desde la vía pública, y se podrán retomar la caza y la pesca deportiva y recreativa.

Estas medidas se suman a las publicadas el sábado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la orden del Ministerio de Sanidad que fija las condiciones de aplicación de la fase 2 de la desescalada que estarán activas a partir de hoy en la isla de Formentera (Baleares), y las de La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias). Si se mantiene la tendencia y los datos lo permiten, serán Navarra y la CAV, así como el resto de comunidades, excepto Madrid, Barcelona y parte de Castilla y León, las que pasarán el lunes 25 de mayo a la Fase 2. A continuación se describen las principales novedades para ese nuevo periodo.

Libertad de movimientos

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, manteniendo la distancia social. Permite a la comunidades autónomas autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de covid-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente. Se flexibilizan medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios -máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados-, entierros y lugares de culto -50% del aforo-, y se permite la celebración de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.

Reapertura de centros comerciales

En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales con independencia de su superficie útil de exposición y venta.

El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Los centros comerciales tendrán aforo total del 30 % -dentro de cada local de los centros comerciales es del 40%- y no se permite el uso de zonas recreativas o áreas de descanso comunes. La orden amplía el número de puestos de venta que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

Hoteles y otros alojamientos

Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad. Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras para llevarlos a cabo. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.

Concentración de personas

La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.

Consumo dentro del local

Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40%. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.

Cines, teatros y monumentos

Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas.

Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.

En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocientas personas. La orden expone además las condiciones de salas de exposiciones, centros de exhibición, monumentos y otros equipamientos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condiciones normales y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones. La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales. Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

Excepto en horario de mayores

Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios las determinadas para los paseos de personas mayores (de 10 a 12 horas y entre las 19 y las 20 horas), que las comunidades pueden adelantar o retrasar dos horas.

Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa. Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes. La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".

Apertura con condiciones

Se establecen, asimismo, las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30 % de capacidad de la instalación y cita previa. También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

Máximo de 50 asistentes

Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.

Aforo máximo

Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.