La Comunidad de Castilla y León mantiene su decisión de adelantar el toque de queda a las 20.00 horas y, como autoridad delegada competente, el presidente de la autonomía, Alfonso Fernández Mañueco, ha firmado ya el acuerdo que se publica hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

El acuerdo entrará en vigor a las 20.00 horas de este sábado 16 de enero, según han explicado fuentes del Ejecutivo autonómico en un comunicado difundido esta tarde.

Según un informe de los Servicios Jurídicos de la administración autonómica, esta decisión la avala el artículo 10 del Real Decreto 956/2020 de 3 noviembre.

Al autorizar la prórroga del estado de alarma, se acuerda la modificación de este artículo, permitiendo "modular, flexibilizar y suspender" la limitación de la libertad de circulación de las personas siempre que sea en horario nocturno prevista en el artículo.

Modular es modificar los factores que intervienen en un proceso para obtener distintos resultados y, por tanto, con esta previsión el Real Decreto 956/2020 permite que la autoridad delegada restrinja los criterios de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, buscando obtener una mejora de la situación sanitaria, han precisado dichas fuentes.

De esta forma, Alfonso Fernández Mañueco, como autoridad delegada en Castilla y León, tras la prórroga del actual estado de alarma, tiene la facultad de ampliar o restringir dicha libertad en horario nocturno, han argumentado.

Tras consultar a expertos sanitarios y epidemiológicos, con el aval de los servicios jurídicos de la Junta, y tras haber mantenido reuniones con alcaldes, presidentes de diputación y portavoces parlamentarios, la Junta de Castilla y León ha adoptado cuatro nuevas medidas para frenar el vertiginoso aumento de contagios e incidencia acumulada, que se ha multiplicado casi por cinco desde el 1 de enero en la comunidad.

Fernández Mañueco ha comunicado esta decisión al ministro de Sanidad esta mañana, antes de la entrada en vigor de las medidas.

La limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno será entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana.

Durante este tramo horario las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de usos público para la realización de las actividades autorizadas previstas en el Real Decreto 926/2020 sobre el estado de alarma.

Asimismo, a las 20.00 horas entrará en vigor la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de Castilla y León, salvo para todos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos exceptuados.

Se limita también la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes.

Además se reducirá en toda Castilla y León el aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, de manera que no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas.

Estas medidas se evaluarán cada 15 días para garantizar su adecuación a la evolución de indicadores.