Una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Girona del pasado 3 de febrero está generando preocupación en el sector asegurador ante un alud de posibles reclamaciones y las consecuencias que podría tener para las cuentas de las compañías, como ya ha sucedido en el Reino Unido.

Según informa La Vanguardia, el origen de la inquietud es la decisión del tribunal que ha condenado a la aseguradora SegurCaixa Adeslas a pagar 6.000 euros a la propietaria de la pizzería Bela Napoli en la capital gironina por las pérdidas que le ocasionó el cierre del negocio por la pandemia. La sentencia, contra la que no cabe recurso, también condena a pagar los intereses legales.

La decisión contraviene la valoración inicial del Juzgado número 2 de Girona que, en sentencia dictada el pasado 20 de noviembre, dio la razón a la compañía. La restauradora recurrió esa sentencia. La base de su reclamación se centró en que la póliza contratada contemplaba la cobertura de pérdida de beneficios y fijaba una compensación de 200 euros diarios durante un máximo de 30 días en el caso de que el negocio de viera interrumpido. La póliza se contrató el 13 de febrero de 2020 y estaba al corriente de pago, según establece el auto judicial.

La resolución en primera instancia avaló la tesis de la aseguradora

Después de que el gobierno decretara el pasado marzo el cierre total de los negocios de restauración a causa de la Covid-19, el local estuvo cerrado más de 30 días y su propietaria reclamó a la aseguradora el pago de la compensación. La compañía se negó argumentando, según recoge la sentencia definitiva de la informa el medio catalán, que “en ningún lugar de la póliza se dice que se cubran los gastos de paralización derivados de una resolución gubernamental a causa de una pandemia”.

Este argumento sirvió para que, en primera instancia, el tribunal diera la razón a la compañía aseguradora. Sin embargo, el juez Fernando Lacaba Sánchez, que durante 19 años ocupó la presidencia de la Audiencia Provincial de Girona, se decantó por dar la razón al recurso presentado por la asegurada. En una sentencia que, según expone La Vanguardia, genera inquietud entre las aseguradoras porque establece un precedente que puede ocasionarles un quebranto económico inesperado.

Fuentes oficiales de UNESPA citadas por el medio, la patronal que agrupa a las aseguradoras, han manifestado a La Vanguardia su disconformidad con la sentencia del juez Lacaba. Aseguran que en España, en general, “no existe cobertura de pérdida de beneficios derivada de cierres de negocio por decisiones de la autoridad decretadas a raíz del estado de alarma”. Para que la cobertura por cierre de negocio se active “debe haberse producido un daño material cubierto por la póliza sobre los bienes asegurados”.El precedente británico tras cierre de la primera ola

Las aseguradoras británicas indemnizarán con 2.000 millones a pymes con cobertura de interrupción de negocio

Sobre el escenario que genera la sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, planea el precedente británico al que hace referencia el juez Lacaba y que se estima que costará a las aseguradoras británicas alrededor de 2.000 millones de euros.

Tras las restricciones impuestas por el gobierno británico durante la primea ola, muchas pymes con seguros en los que se contemplaban compensaciones en caso de interrupción del negocio reclamaron su indemnización. La mayoría de las aseguradoras se negaron a pagar, al considerar que un caso extraordinario como una pandemia no estaba contemplado en la póliza.

En este cado, el regulador financiero, la Autoridad de Conducta Financiera británica, llevo el caso al Tribunal Supremo del Reino Unido para que se manifestara al respecto. El alto tribunal, tras analizar el redactado de las pólizas, falló a favor de los asegurados.