En una semana en la que alcaldes y bomberos han cortado la N-121-A para reclamar más seguridad y han vuelto a reclamar el desvío del tráfico pesado internacional, el Tribunal Supremo ha avalado el convenio entre la Administración General del Estado, el Gobierno de La Rioja y la concesionaria de la Autopista Vasco-Aragonesa (AP-68) que obliga al desvío de camiones de la N-232 a la citada autopista, una medida que ha permitido reducir la siniestralidad y la mortalidad en la carretera.La sentencia, que ha sido adelantada por el periódico La Rioja y desestima el recurso de una empresa de transportes, cierra un contencioso que arrancó en julio del 2019, un año y medio después de que se vetara al el tráfico de camiones en la carretera N-232 y en la N-124 y se les obligara a circular por la AP-68, cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sí atendió al recurso presentado por el mismo grupo logístico y dejó sin efecto una medida que se había adoptado para aliviar la siniestralidad que registraba la carretera nacional, mejorar la seguridad vial y la contaminación acústica en los tramos urbanos afectados.

El desvío para el Alto Tribunal estaba entonces “huérfano de justificación” porque la eventual notoriedad de la contaminación acústica, la congestión del tráfico y la siniestralidad en carreteras convencionales no son suficientes por sí mismas para acordar una medida como la amparada en el convenio que daba cobertura al Real Decreto, ya que bajo la aparente notoriedad, “podría determinar la aplicación de tales medidas en todas las vías convencionales sin justificación de las circunstancias concretas”. Además, entendía que la medida carecía de cobertura legal.

Con el objetivo de salvar los defectos apreciados en el Real Decreto anulado por el Supremo, se dictó el Real Decreto 757/2019, que incorpora un anexo con el convenio suscrito por las tres entidades para medidas de bonificación de peajes para determinados vehículos pesados en la AP-68 en el tramo Zambrana-Tudela.

Ahora, el Supremo ha desestimado el recurso de la empresa de transportes y ha entendido que el contenido de los informes de la Dirección General de Carreteras y de la Dirección General de Tráfico constatan que el desvío de camiones por la AP-68 ha sido una medida efectiva para controlar e invertir la tendencia creciente de siniestralidad y mortalidad en la carretera N-232 a su paso por La Rioja. De este modo, el Supremo considera que ha quedado justificada y está demostrada la proporcionalidad de la medida prohibitiva de circulación de vehículos pesados en esta vía riojana.