El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha estimado la medida cautelar solicitada por los hosteleros contra el cierre del interior de los locales en los 19 municipios en nivel de riesgo 3 (alto) de contagio de coronavirus, por lo que esa restricción no podrá aplicarse.

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que estima la petición de la Asociación de Empresarios de Hostelería de la comunidad, se produce después de que la Consejería de Sanidad haya publicado este viernes una resolución para permitir la entrada en los interiores de los locales a las personas con el pasaportes covid.

La restricción que ahora queda sin efecto está prevista en la resolución de la Consejería de Sanidad del pasado martes, que informó de la situación en alerta 3 de 19 municipios cántabros.

El jueves los hosteleros de la comunidad recurrieron la resolución y solicitaron la adopción de una medida cautelar urgente -sin escuchar a la parte demandada- consistente en dejar sin efecto el cierre, medida que ha sido atendida por la Sala.

Ahora la administración tiene tres días para alegar lo que estime oportuno en relación con el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida cautelar urgente acordada por el tribunal.

Las razones de los magistrados para acceder a la suspensión de la limitación de acceso a los interiores de los establecimientos se fundamentan en "la existencia de perjuicios irreparables desde el primer momento que se adopta la recurrente limitación", teniendo en cuenta que las empresas dedicadas a la actividad "no soportan la situación actual de incertidumbre".

En este sentido, alude el tribunal al "debate, que por su notoriedad y relevancia ha trascendido y las autoridades sanitarias sin duda ponderan, sobre la virtualidad de que la medida de cierre del interior de los establecimientos -en un momento álgido de la temporada turística de la región- pueda ser matizada o exceptuada con un control de acceso al interior de esos establecimientos por parte de personas que ya hayan recibido su pauta de vacunación completa".

"El mero planteamiento de dicha posibilidad por la administración provoca que la medida adoptada deba ser suspendida desde este momento, todo ello con el carácter indiciario de una resolución cautelar como la dictada, susceptible de ser alterada en los próximos días después de que la administración sea oída al respecto", concluye.

El certificado de vacunación ya no será necesario

El Gobierno de Cantabria publicaba este viernes el decreto que exigía el certificado de vacunación para acceder al interior de los locales de hostelería en municipios en nivel 3 y 4 de riesgo de contagio de coronavirus. Con la medida adoptada por el TSJC, este certificado ya no será necesario.

En concreto, la medida afectaba a Santander, Castro Urdiales, Camargo, Piélagos, El Astillero, Santa Cruz de Bezana, Laredo, Cabezón de la Sal, Medio Cudeyo, Entrambasaguas, Ribamontán al Mar, Bárcena de Cicero, San Vicente de la Barquera, Campoo de Enmedio, Val de San Vicente, Noja, Alfoz de Lloredo, Arnuero y Potes.

Además, el decreto indica que el aforo de los establecimientos deberá ser de un tercio. Además, las terrazas no podrán superar el 75% de aforo y sólo se permitirán 6 comensales por mesa.

La comunidad lleva siete días con toque de queda, que continuará otra semana, en más de 53 municipios que tienen ahora una limitación de movilidad entre una y las seis de la madrugada, entre ellos los más poblados de la región, horario en el que los grupos no pueden ser de más de 6 personas si no son convivientes. El ocio nocturno está cerrado desde el 2 de julio.

Los aforos del interior de los locales siguen reducidos en varias comunidades, como Euskadi (al 35 %), o Extremadura y Aragón al 50 %. La Rioja, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Comunidad Valenciana tienen los aforos ajustados al 75 %.

La Justicia avala el toque de queda

Precisamente este viernes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha autorizado el toque de queda entre la 1.00 y las 6.00 horas y la limitación de las reuniones nocturnas a un máximo de seis personas en 70 municipios de la comunidad autónoma.

En un auto dictado este viernes, el tribunal autoriza así la resolución de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria del pasado martes en la que se establecía la prórroga de estas medidas en 48 de los 53 municipios en los que ya estaban vigentes, y se ampliaba su aplicación a 22 municipios más que ahora superan los umbrales de riesgo extremo, tal y como justifica la resolución de Sanidad.

El toque de queda y la limitación a seis personas de las reuniones nocturnas afectan a estos 70 municipios: Santander, Torrelavega, Castro Urdiales, Camargo, Piélagos, Astillero, Santa Cruz de Bezana, Laredo, Santoña, Los Corrales de Buelna, Santa María de Cayón, Reinosa, Suances, Colindres, Reocín, Cabezón de la Sal, Medio Cudeyo, Polanco, Cartes, Entrambasaguas, Marina de Cudeyo, Miengo, Ribamontán al Mar, Bárcena de Cicero, Ampuero, Santillana del Mar, San Vicente de la Barquera, Villaescusa, Campoo de Enmedio, Castañeda, Ramales de la Victoria, Puente Viesgo, Val de San Vicente.

También se incluyen Noja, Alfoz de Lloredo, Guriezo, Penagos, Comillas, Arnuero, Mazcuerras, Meruelo, Bareyo, Limpias, Selaya, Argoños, Arenas de Iguña, Villacarriedo, Hermandad de Campoo de Suso, Hazas de Cesto, Potes, Liendo, Ruente, Cabuérniga, Rasines, Valderredible, Valdeolea, Camaleño, Udías, Escalante, Ruiloba, Vega de Liébana, Bárcena de Pie de Concha, Campoo de Yuso, Cabezón de Liébana, Saro, Arredondo, Miera, Santiurde de Reinosa, Las Rozas de Valdearroyo y Pesquera.