El Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid ha abierto diligencias previas contra el joven que denunció haber sufrido una falsa agresión homófoba por la presunta comisión de un delito de simulación de delito

La apertura de diligencias previas se produce tras recibir el instructor el atestado policial con los datos aportados tras confesar el chico que había falseado su testimonio para evitar que su pareja descubriera una infidelidad.

Este mismo juez ya abrió diligencias cuando recibió el parte de lesiones de la supuesta agresión que aseguraba haber sufrido el denunciante en el portal de su casa del barrio de Malasaña a manos de ocho hombres encapuchados, una historia que resultó ser falsa.

El caso dio un giro por completo después de que la falsa víctima confesara a la Policía que interpuso una denuncia simulada a instancias de su novio, que desconocía lo ocurrido, y para ocultarle que las laceraciones que tenía en el glúteo fueron fruto de una práctica masoquista consentida con otros dos hombres.

Las diligencias se abren por una simulación de delito, que implica multa de entre seis y doce meses. El caso se podría dirimir en un juicio de faltas, que podría celebrarse en unos meses.

El artículo 456 del Código Penal establece que el delito de denuncia falsa se refiere a los que, "con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación" responde el penalista.

Mientras que el artículo 457 del Código Penal se refiere "al que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses".