- El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado las multas que impuso el Ayuntamiento de Estella-Lizarra al dueño de un perro potencialmente peligroso por carecer de la licencia habilitante y por estar en la vía pública sin bozal o no sujeto con cadena. El motivo de las anulaciones es que el Consistorio estellés incurrió en un defecto de forma en la tramitación de los expedientes sancionadores que impidió la defensa del denunciado.

Agentes de la Policía Municipal de Estella-Lizarra denunciaron al recurrente el 29 de enero de 2021 sobre las 12.15 horas, después de que fuera visto en un lugar público de la localidad con un perro potencialmente peligroso de su propiedad que carecía de la correspondiente licencia. Por este motivo, fue propuesto para sanción por un importe de 2.400 euros.

Asimismo, los agentes cursaron otra denuncia por tener al animal en la vía pública sin el bozal obligatorio o no tenerlo sujeto con la preceptiva cadena que marca la normativa en vigor. En este caso, la cuantía de la multa ascendía a 300 euros.

Como consecuencia de esta actuación de la Policía Municipal, el Ayuntamiento de Estella-Lizarra tramitó los correspondientes expedientes sancionadores y dictó las propuestas de resolución y las resoluciones sancionadoras de ambas infracciones administrativas la misma fecha, el 8 de abril de 2021, las cuales fueron notificadas en un mismo acto el 15 de abril.

Esta circunstancia fue el motivo alegado por el dueño del perro, representado por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, para impugnar las sanciones, ya que, tal como concluye la resolución del Tribunal Administrativo de Navarra, contraviene la legalidad “al notificarse en un solo acto las propuestas de resolución y las resoluciones sancionadoras, se ha privado al recurrente de su derecho a la defensa durante la tramitación de los procedimientos sancionadores. Procede por ello la estimación de los recursos y la anulación de las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Estella-Lizarra”.