"El papa Julio II le concedió a Fernando de Aragón el derecho a conquistar Navarra"
Durante este año académico que se conmemorará el 5º centenario de la conquista de Navarra, la UEU ha querido dar a conocer las últimas investigaciones sobre la misma en unas jornadas celebradas en Pamplona en la que participaron varios expertos historiadores
pamplona. La justificación jurídica de la conquista fue la ponencia que el historiador navarro Roldán Jimeno ofreció en las jornadas Nafarroako konkista berrikusten (Revisando la conquista de Navarra) organizadas por UEU en Pamplona. Según explicó Jimeno Aranguren, la razón para invadir Navarra fue una bula del Papa Julio II: la Iglesia Católica, por primera vez, destronaba a unos reyes legítimos, para entregar el Reyno a Navarra, quien lo tomó por las armas.
¿Cómo se pudo justificar jurídicamente la ocupación militar por parte de Castilla?
La creación de títulos reúne tres elementos: el primero, como elemento fundamental de legitimidad, es la justicia de la guerra provocada. Fernando el Católico fue el primero en señalar el título de guerra justa, al comienzo de la conquista. En ese sentido, tiene el valor de la inmediatez. El segundo argumento está relacionado con este primero: la acción militar en tierra navarra era justa porque era necesario el derecho a transitar por el mismo. En tercer lugar, cabe subrayar el hecho de que quienes apoyaron la justificación de la ocupación utilizaban el título complementario del respeto a los tratados internacionales. Es decir, Castilla e Inglaterra eran aliadas.
Y frente a esa justificación, ¿qué función cumplió la bula del Papa Julio II?
Como consecuencia de dos bulas papales el Papa Julio II destronó a los Albret, Reyes legítimos de Navarra, al excomulgarles. El Papa decretaba que, para aquéllos que hubieran actuado contra la Santa Sede, sus aliados o quienes hubieran ayudado a Francia todos sus bienes debían pasar a dominio público, "para que el que los tome, se apodere de ellos". Aunque la bula Pastor ille caelestis se refería a los Reyes de Navarra, no les mencionaba de manera explícita. Sin embargo, medio año más tarde, la bula Exigit contumatium acusó a Juan (Joanes) y Catalina de Albret de delitos de cisma y herejía. En ese sentido, les condenaba al castigo de excomunión y a que todos sus bienes (incluido el Reyno) fuesen confiscados. Ademas, señalaba que tales bienes pertenecerían a la primera persona que se apoderara de ellos. Teniendo en cuenta que Castilla ayudó al Papa en la guerra para expulsar a las tropas francesas de Venecia, la capitulación de esa Alianza Santa (donde no se mencionaba expresamente a Navarra) le reconoció a Fernando de Aragón el derecho a conquistar el Reyno.
¿Castilla tenía poder religioso, político o económico como para incidir en la actuación de la Santa Sede?
Sí, en aquel momento la Iglesia católica estaba altamente corrompida y Castilla era la primera potencia mundial. Los intereses de la Santa Sede en Italia coincidían con los de Castilla-Aragón y, por lo tanto, eran opuestos a los del Rey de Francia.
¿Alguna vez algún Papa había destronado a algún rey antes?
No, Navarra fue el último Estado europeo al que se le aplicó la doctrina del poder universal del Papa.
¿El Papa tenía poder suficiente para destronar reyes? Es decir, ¿podía elegir nuevos monarcas de entre la aristocracia del mismo reino o sólo podía llamar a la Guerra Santa?
Se trata de una cuestión muy compleja, tal y como queda probado por el hecho de que, luego, las bulas papales fueran cuestionadas. Sin embargo, desde un punto de vista estrictamente jurídico, tenían un valor legitimador de segunda categoría. En verdad, las bulas se utilizaban como arma de intimidación política, porque tenían valor en todos los reinos católicos. Del mismo modo, también se empleaban como título jurídico. El derecho de conquista y las bulas constituían títulos complementarios. En dichas bulas, los Reyes navarros eran considerados cismáticos y protectores de quienes apoyaban la cisma. Por todo ello, fueron excomulgados y castigados según lo establecido en el derecho canónico y civil para los herejes. Esas dos bulas presentaban muchos puntos débiles: de un lado, los autores franceses habían renunciado al poder papal durante un tiempo y, de otro lado, en lo correspondiente al proceso navarro, los reyes expulsados criticaron la falta de razón y formalidad básicas del procedimiento empleado.
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