El Gobierno de Navarra ha aprobado una Orden Foral por la que se declaran determinadas especies de la fauna silvestre como plaga y se regulan las medidas de captura y eliminación de las mismas.

La consideración de determinadas especies como plaga tiene como fin el posibilitar medidas para su control con carácter generalizado, siempre que concurra razones de protección y seguridad de las personas, efectos perjudiciales para las especies amenazadas, para la agricultura, la ganadería, los bosques, o la caza, la pesca, o la calidad de las aguas.

Las especies que se consideran plaga en navarra son el topo, la rata común, la rata negra, el ratón doméstico, el ratón de campo, el topillo, la ratilla, la rata de agua norteña, la rata almizclera, el coipú o rata nutria, el muflón, el estornino pinto, el estornino negro, las poblaciones domésticas asilvestradas de paloma bravía y la tórtola turca.

Los métodos autorizados en varias de ellas son mediante trampas, para las ratas y ratones cebos impregnados por rodentizidas de uso legal (Se prohíben los anticoagulantes). Para el muflón, estornino negro y pinto, tórtola turca y las palomas se autoriza su eliminación en el ejercicio de la caza de otras especies autorizadas, salvo las palomas en núcleos urbanos que se realizarán de acuerdo a la normativa municipal.

Se elimina de la lista el gorrión, ya que según los datos disponibles sus poblaciones han experimentado un descenso de un 40%.

Se incluye en el mismo el muflón, el cual hace unos años se introdujo de forma ilegal en Navarra, existiendo una población que va a más en la zona de los montes de la Valdorba, ya que es una especie forestal difícil de controlar.

Se ha incluido porque indican que su expansión puede ocasionar a los ecosistemas, riesgos sanitarios a la ganadería de la zona, o daños a la agricultura de los cultivos de la zona.

Desde ADECANA entendemos que si bien la administracion foral la ha considerado una especie de carácter invasor, esta especie estuvo presente en toda Europa en tiempos pasados y si bien se extinguió en la península ibérica, fue de nuevo introducida a mediados del siglo pasado en muchas comunidades autónomas, como es el caso de Aragón o La Rioja, donde se la considera una especie cazable y de alto valor económico y social, que limpia el monte, por lo que lo más correcto es que sea objeto de un correcto aprovechamiento cinegético y que creemos que no se va a poder controlar como pretenden desde la Administración, como ha ocurrido con los gamos que pretendieron erradicarlos y nunca se ha podido. En opinión de Adecana sería mucho más correcto el considerarla como especie cinegética y proceder a su correcta gestión, indicando que el Tribunal Supremo ha declarado que el muflón es una especie exótica pero no invasora. Esta distinción, en la práctica supone, que su régimen jurídico depende de las autonomías, que es lo que Navarra ha hecho incluyéndola por ahora como especie plaga.