Hace un mes, el Gobierno de Navarra presentó un proyecto de orden foral en el que se incluía su propuesta para la disposición general de vedas de caza en Navarra para la temporada 2022-2023. Ante la sorpresa de todo el colectivo cinegético, el Ejecutivo foral insertó en ese documento la siguiente norma: “A partir del 15 de febrero del próximo año, en la Comunidad foral no se podrá disparar munición que contenga una concentración de plomo (expresada en metal) igual o superior al 1% en peso, en humedales o a menos de 100 metros de estos”. Al mismo tiempo, prohibía también “transportar cualquier munición de este tipo mientras se dispara en un humedal o dirigiéndose a disparar en un humedal”.

Una vez conocidas las intenciones del Gobierno de Navarra, la Federación Navarra de Caza (FNC) comenzó a mover su maquinaria para hacer ver al Ejecutivo foral las incongruencias que se habían puesto sobre la mesa al presentar un punto tan polémico como parte de la orden de vedas. Como institución que vela por los derechos de los cazadores en Navarra y como parte también de su función como asesor del Gobierno en el ámbito cinegético, la entidad presentó ante el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente los inconvenientes que se iban a producir en Navarra si esa norma salía adelante. Incluso, alertó de que, si finalmente se aprobaba, no le quedaría más remedio que recurrirla, puesto que dejaría al colectivo cinegético navarro en una posición muy desfavorable.

Gracias al trabajo de la FNC, el citado departamento ha suprimido esas prohibiciones y, en el Boletín Oficial de Navarra del pasado 9 de agosto, en el que se publicó la Orden Foral 166E/2022, del 19 de julio, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que quedó aprobada la disposición general de vedas de caza para la temporada 2022-2023, la palabra humedal no aparecía en ningún apartado.

El origen de este movimiento del Gobierno de Navarra hay que buscarlo en una normativa de la Unión Europea que lleva envuelta en polémica desde que surgió. De hecho, ha sido denunciada ante los tribunales europeos, que todavía no han resuelto los procesos judiciales. Sin embargo, en un primer momento, al departamento navarro dirigido por la consejera Itziar Gómez le pareció apropiado seguir a rajatabla un reglamento que la Comisión Europea aprobó el 25 de enero del 2021 y en el que se modificaba el uso del plomo en la munición de las armas de fuego utilizadas en los humedales o en sus inmediaciones. De facto, la norma suponía la prohibición del empleo de estas municiones en todos los Estados miembros de la UE a partir del 15 de febrero del próximo año 2023.

Si solo se atiende a la aprobación de esta normativa, podría llegar a pensarse que la medida del Gobierno de Navarra en su orden de vedas era la acertada. No obstante, Navarra era la única comunidad autónoma de España que había incluido esa norma, alegando, además, que la prohibición le venía marcada por la directiva europea y que no podía retrasar más su aplicación.

La realidad, en cambio, era mucho más compleja, como así le hizo ver la FNC al Ejecutivo foral, ya que esa normativa europea se encuentra recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Fue la Firearms United Network la que, el 26 de marzo del 2021, denunció el reglamento ante la corte europea. En su redacción, hay diversos aspectos que se antojan muy peliagudos, pero el más relevante de ellos es la indefinición del término humedal. Por ejemplo, el Gobierno de Navarra, en la propuesta que realizó para la orden de vedas, siguió la estela marcada por la Comisión Europea y definió humedal como “pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces o salobres”.

La Federación Navarra de Caza ya avisó al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente que esta exposición dejaba muchos puntos abiertos a la interpretación, como las dimensiones mínimas que debiera tener esa superficie cubierta de agua para que fuera considerada un humedal. Con esa redacción, el Gobierno de Navarra podría incluso sentenciar, en una posición extrema, que una rodadura de un tractor en la que se hubiera acumulado agua de lluvia formando un charco fuera considerada un humedal. El colectivo cinegético, por tanto, se encontraría al albur de las interpretaciones que en cada momento adoptara el Ejecutivo.

Desde la entidad se indicó al Gobierno de Navarra que los cazadores entienden perfectamente el riesgo asociado a las municiones de plomo en los humedales, al mismo tiempo que respetarán escrupulosamente las medidas que se aprueben, sobre todo si van en defensa de la naturaleza. Sin embargo, se mostraron atónitos ante la inclusión de esta normativa en la orden de vedas, ya que, con su concepción actual, provocaría el fin de muchas de las iniciativas que llevan a cabo periódicamente para mejorar los hábitats y favorecer a algunas de las especies animales que viven en ellos, como la colocación de bebederos o los planes para potenciar las poblaciones de aves esteparias en Navarra.