Los expertos de Civic Abogados explican que "las faltas y sanciones laborales al trabajador son los se encuentran reguladas por el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos".
Y es que, según indican, "el Estatuto de los Trabajadores (ET) se encarga de regular todo lo relacionado con sanciones al trabajador. Artículo 54: detalla los incumplimientos contractuales que pueden dar origen al despido disciplinario cuando son graves o muy graves. Artículo 58: define la faltas de los trabajadores, la potestad sancionadora de la empresa, los tipos de sanciones, entre otros puntos. Artículo 60.2: sobre prescripción de las faltas de los trabajadores. Además, se debe sumar lo establecido en el convenio colectivo. En general, suele ser un aspecto que está muy bien detallado".
¿Cuál es la diferencia entre falta y sanción?
Pero, ¿qué diferencia hay entre falta y sanción? Pues bien, desde Civic Abogados relatan que "las faltas son los incumplimientos contractuales de las obligaciones laborales cometidos por un trabajador. Mientras que las sanciones laborales son las penalizaciones que pueden imponer las empresas a sus empleados por las faltas cometidas en ejercicio de su potestad disciplinaria". Sobre esta cuestión, detallan que el Artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores apunta lo siguiente: "Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable".
"Esta es la sanción más peligrosa que pueden ponerte en el trabajo", según un abogado laboralista
Con más de 330.000 reproducciones y más de 6.300 me gustas, la publicación del abogado laboralista Juanma Lorente, con nombre de usuario @juanmalorentelaboralista y que cuenta con más de 528.000 seguidores en TikTok y más de 365.000 seguidores en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido habla de, nada más y nada menos que, "la sanción más peligrosa en tu trabajo".
"Esta es la sanción más peligrosa que te pueden poner en el trabajo. La sanción más peligrosa que te pueden poner en tu trabajo, sin lugar a dudas, es una amonestación por escrito. Porque al principio una amonestación por escrito no te duele. Si tú no estás de acuerdo con esa sanción, aunque te de igual que eres sancionado por escrito, es como si la estuvieras aceptando. La empresa, el día de mañana, va a poder utilizar esa sanción para unirla con otra. A lo mejor la otra es un despido. O es una sanción de un mes sin sueldo y sin empleo. Si tú no has impugnado la sanción anterior, en la que no te tocaban el sueldo, la empresa, en esta segunda sanción, donde bien te despiden o bien sí te tocan la cartera, va a tener muchísima más credibilidad. Porque es la segunda, no la primera. Va a ser mucho más difícil de impugnar la segunda que la primera. A lo mejor ninguna de las dos tiene sentido, pero como la primera no la has impugnado... Aunque la empresa te de una carta en la que tú veas que en realidad no te pasa nada, sí pasa", explica de manera detallada el abogado laboralista.