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Juanma Lorente, abogado laboralista: "Seguramente estés trabajando gratis y no te das ni cuenta"

La publicación del experto acumula más de 158.000 visualizaciones y más de 5.700 me gustas en TikTok

Juanma Lorente, abogado laboralista: "Seguramente estés trabajando gratis y no te das ni cuenta"Pixabay

Los profesionales de Legálitas hacen referencia al Estatuto de los Trabajadorescomo"es la ley de aplicación a los trabajadores que presten voluntariamente sus servicios retribuidos por cuenta ajena. Además, se encuentran dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. Esta normativa se aplica a los trabajadores que operen por cuenta ajena, por lo que quedan excluidos aquellos que lo hagan por cuenta propia o autónomos".

"Ley de aplicación a los trabajadores que presten voluntariamente sus servicios retribuidos por cuenta ajena"

En esa misma línea, desde esta entidad explican que "el texto regula los derechos y deberes laborales básicos de todos los trabajadores. En lo que a derechos se refiere, podemos indicar los siguientes: Trabajo y libre elección de profesión u oficio. Libre sindicación. Negociación colectiva. Adopción de medidas de conflicto colectivo. Huelga y reunión. Información, consulta y participación en la empresa. A no ser discriminados directa o indirectamente por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión, convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, lengua y discapacidad. Y como deberes, algunos de ellos tienen que ver con el cumplimiento de las obligaciones concretas de su puesto de trabajo o las órdenes e instrucciones del empresario, no concurrir con la actividad de la empresa o contribuir con la mejora de la productividad".

"Seguramente estés trabajando gratis y no te das ni cuenta", según un abogado laboralista

Con más de 158.000 visualizaciones y más de 5.700 me gustas, la publicación del abogado laboralista Juanma Lorente, con nombre de usuario @juanmalorentelaboralista y más de 540.000 seguidores en TikTok y más de 382.000 en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente en la que ya es la red social del momento. En ella, el experto y creador de contenido plantea lo siguiente: "¿Te gusta trabajar gratis? Puede que lo estés haciendo".

"Señores, lo más normal es que estéis trabajando gratis. Sobre todo si trabajáis 40 horas a la semana. Por una razón muy sencilla, en tu Convenio Colectivo vienen registradas unas horas anuales que hay que trabajar. Si trabajas 40 horas semanales, lo normal es que en tu Convenio Colectivo vengan 1.826 horas anuales. Si en tu Convenio Colectivo vienen menos de 1.826 horas anuales y sigues trabajando 40 horas semanales, lo normal es que al cabo del año hayas hecho más horas de las que ponen en tu Convenio Colectivo. Como no le echáis ni cuenta al Convenio Colectivo, pues vamos a trabajar gratis. Con lo sonada que ha sido la jornada de las 37 horas y media, y es posible que a lo mejor no 37 horas y media, tu jornada sea 38 horas a la semana y tú no lo sabes porque no te paras a ver lo que te estoy diciendo. Por favor, abre el Convenio Colectivo, pon horas anuales en el buscador del documento en PDF y revísalo para no seguir regalando horas a la empresa, muy sencillo", explica de manera detallada el abogado laboralista.

Art. 34 del Estatuto de los Trabajadores

Pero el relato del experto no se queda ahí. "No, no puedes trabajar gratis. Y tampoco pueden exigirte más horas 'porque sí'. La clave está en las horas anuales. El art. 34 del Estatuto de los Trabajadores fija una jornada máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo, lo que normalmente se traduce en unas 1.800 horas anuales, salvo que tu convenio colectivo diga otra cosa. ¿Qué significa esto en la práctica? Si ya has cumplido tus horas anuales, la empresa no puede obligarte a seguir trabajando sin compensación. Cualquier hora que exceda esa jornada será hora extra (art. 35 ET). Las horas extra deben pagarse o compensarse con descanso, según marque el convenio. Trabajar 'por compromiso', 'por el equipo' o 'porque siempre se ha hecho así' no es legal. Importante: Ni los cargos de confianza ni los salarios 'un poco más altos' justifican trabajar gratis, salvo casos muy concretos y bien definidos en la ley", añade Juanma Lorente.