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Juanma Lorente, abogado laboralista: "Si cobras tarde en tu trabajo..."

El relato del experto suma más de 152.000 visualizaciones y más de 2.700 me gustas en TikTok

Juanma Lorente, abogado laboralista: "Si cobras tarde en tu trabajo..."Freepik

Los especialistas del Banco Santander definen el término nómina como "el recibo del pago de un salario".

"Justificante de que el trabajador ha percibido su sueldo"

Un documento que, según explican, la empresa entrega al trabajador y que recoge el sueldo que recibe a cambio del trabajo realizado, las retenciones que se le practican y otras percepciones económicas adicionales.

"La nómina sirve de justificante de que el trabajador ha percibido su sueldo y también de que se han realizado los pagos correspondientes a la Seguridad Social del trabajador y las retenciones del IRPF. Se pueden clasificar según la periodicidad del pago, según el tipo de personal y según circunstancias especiales. En este último caso se engloban las nóminas que incluyen horas extras, pagas extraordinarias prorrateadas o aquellas en las que se contempla una baja por enfermedad", añaden desde este entidad.

"Si cobras tarde en tu trabajo...", según un abogado laboralista

Con más de 152.000 visualizaciones y más de 2.700 me gustas, la publicación del abogado laboralista Juanma Lorente, con nombre de usuario @juanmalorentelaboralista, con más de 569.000 seguidores en TikToky con más 422.000 en Instagram. no ha dejado a nadie indiferente.

"Más de 40.000 euros se ha llevado esta mujer porque cobraba tarde en su trabajo y decidió irse con indemnización y con paro. Porque sí, lo recoge el Estatuto de los Trabajadores, si cobras tarde te puedes ir con 33 días por año trabajado de indemnización del trabajo y con derecho a paro. De hecho yo desde que el Estatuto de los Trabajadores incorporó esta forma de irse de la empresa, he puesto muchísimas demandas de esta tipo. La mayoría salen bien. Porque si en un periodo de un año hay un retraso de más de 10 días en el cobro de la nómina durante 6 meses, es matemático, te puede ir. Además, es fácilmente comprobarle en un juzgado. Se ve la fecha de entrada de los cobros en le banco y se ve que hay retraso de más de 10 días en un periodo de 6 meses. Ya está, se acabó. La empresa estará obligada a pagarte una indemnización y tú tendrás derecho al paro. Y oye, que si en vez de pagarte tarde, lleva tres nóminas sin pagarte, también puedes hacer lo mismo. Por lo tanto, te recomiendo que no aguantes esto de la empresa. Si te paga tarde, tiene consecuencias. Entiendo que nadie quiere estar en un sitio donde le pagan así de tarde", explica de manera detallada el abogado laboralista.