EN el Estado coexisten cinco soberanías tributarias con similares competencias: la de régimen común y las cuatro de los territorios de régimen foral. Esto lo saben bien los contribuyentes que sufren la repetición de obligaciones. Cada administración cultiva su espacio competencial y debe respetar unas normas de reparto de sujetos pasivos, bases imponibles o cuotas. Estas normas son el fundamento del Concierto y del Convenio y la verdad es que, dada la complejidad del sistema tributario, no son sencillas.

Primero se deben fijar unas reglas generales de juego, luego otras específicas para cada impuesto y, además, hay que prever ajustes financieros para cubrir los vacíos que dejan. Así, cuando el impuesto es personal y directo - tal como el I. R. P. F.- lo más práctico es repartir los contribuyentes en función de un elemento objetivo como, por ejemplo, el domicilio habitual. En otros casos esto no es suficiente, como en el Impuesto sobre Sociedades, porque en lo geográfico el resultado contable de las empresas está más unido al lugar de la actividad que al domicilio fiscal. Pero donde mayor dificultad encuentra la partición del tributo es en la imposición indirecta porque el que paga el impuesto no es quien lo ingresa en Hacienda.

El más afamado de los impuestos indirectos, el IVA, grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios (hecho imponible) pero recae sobre el consumo. Y es el empresario o profesional (sujeto pasivo) quien lo repercute al consumidor final. De modo que en un Estado con cinco administraciones competentes para su gestión y teniendo en cuenta que el sujeto pasivo no coincide con el pagador ¿a qué caja va a parar el impuesto? El fabricante de Beasain ingresa en la Hacienda guipuzcoana las cuotas que pagan sus clientes de Barcelona y lo hace en la Hacienda de Navarra el conservero de Azagra por sus ventas a Durango. Y buena parte del IVA que pagamos los consumidores vascos puede ingresarse en la Hacienda del Estado.

La cosa se complica un poco más si las ventas se hacen al extranjero. Ocurre que, por aquello de la libre competencia, las normas de comercio internacional, en particular en la UE, exigen que el precio de los bienes o servicios exportados vaya limpio de gravámenes o de ayudas. Por eso las exportaciones y entregas intracomunitarias de bienes y servicios están exentas del IVA. Con una exención que, para ser completa, da derecho a recuperar las cuotas soportadas en la producción de los bienes exportados. Cuotas que, con mucha frecuencia, devuelve la Hacienda que no las ingresó. ¿Cómo se arregla todo esto? Mediante los ajustes a la recaudación que prevé el Convenio/Concierto. Estos ajustes se cuantifican mediante fórmulas que necesitan datos y variables no siempre fáciles de determinar por lo que, a la postre, exigen negociación y acuerdo.

Cuando llegó el IVA hace ahora 25 años, el Convenio/Concierto debía adaptarse a esta potente nueva figura. La posición del Ministerio era clara y pétrea: en el IVA sólo cabía la caja única, la central. La partición de un impuesto indirecto en soberanías territoriales repugnaba a la ortodoxia tributaria. Pero la tenacidad y la imaginación de los comisionados vascos lograron la competencia para los territorios forales de la CAPV. Con limitaciones y cautelas. Zuloa baino zarpa hobea. Poco después, con el terreno allanado, lo hizo Navarra. Sin pretenderlo, los negociadores de hace un cuarto de siglo se adelantaban a un sistema de gravamen en origen del IVA previsto para toda la Unión Europea.

Conviene pensar en todo esto cuando otras comunidades reclaman un modelo semejante. Hace unos meses, un conocido político animaba a los empresarios vascos a preferir Europa como destino de sus ventas. Si el fabricante de Beasain, que factura un millón de euros a Barcelona, sustituye su cliente por otro de Tolouse la economía vasca no se altera, pero la Hacienda guipuzcoana deja de recaudar 160.000 euros. De golpe. Si se siguiera el consejo, el impacto en la recaudación de las Haciendas forales sería demoledor. "Pero están los ajustes a la recaudación", me dirán, sí, pero tengan en cuenta que las elegantes fórmulas son adecuadas en la pizarra de la facultad pero se convierten en polvo de tiza cuando se restriegan en negociaciones. Y lo que espanta a los diputados o consejeros de Hacienda, hombres de natural sencillos como buenos padres de familia, es ver la libreta en números rojos.