El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha acordado con el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) un real decreto-ley con medidas de apoyo al sector, entre las que se incluye la modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio de combustible.

Transportes ha asegurado este lunes en un comunicado que elevará al Consejo de Ministros un nuevo real decreto-ley, en el que también se incluirá la obligación de desglosar en la factura el ajuste por variación del precio del carburante, lo que elimina la posibilidad de recoger expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste.

Esta fórmula, según ha detallado, estará vinculada al precio del combustible antes de impuestos, por lo que a fecha de hoy el peso del combustible se incrementaría del 30% actual al 40%.

Asimismo, se incluirá la consolidación con rango legal de las aclaraciones realizadas el pasado 27 de marzo.

Entre ella se incluía que los precios medios del gasóleo deberán tomarse como referencia sin incluir impuestos, ni el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH) ni el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y que, para el cálculo de la revisión del precio del transporte, no se pueden considerar las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales contempladas en el real decreto-ley del 20 de marzo.

Además, durante la reunión celebrada este lunes se ha confirmado que el Estado español ya ha presentado la notificación del esquema de ayudas que permita superar el límite máximo establecido en "minimis".

También se ha aclarado que la bonificación ya implantada en el real decreto-Ley del pasado 20 de marzo abarca al hidrobiodiésel o HVO y el Biodiésel.

Transportes ha asumido el compromiso de analizar, en el marco de estas medidas, un tipo sancionador que penalice el incumplimiento de las medidas anteriores.