pAMPLONA - El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el estrés y la presión como factores de riesgo en la profesión bancaria. La denuncia, efectuada por CCOO contra CaixaBank, entendía que se realizaba una correcta identificación de los riesgos psicosociales por parte de la empresa. La decisión fue recurrida por la empresa.

Según explica CCOO, el Supremo, “aplicando criterios europeístas desarrollados en la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales, recoge el desarrollo de la protección de la salud laboral mediante la negociación colectiva, así como sus limitaciones y condiciones.

De esta manera, la empresa es condenada a realizar correctamente una identificación de riesgos psicosociales y, una vez sean identificados, a adoptar las medidas correctoras y eliminadoras de los mismos (incluidos cambios organizativos y comerciales y medidas preventivas). La entidad deberá modificar su política preventiva sobre los riesgos psicosociales derivados del trabajo y repetir la evaluación de riesgos utilizando un método fiable y objetivo, que cumpla una serie de garantías.

Así, deberá tener una base conceptual “fundamentada en evidencias científicas del ámbito de la Salud Laboral”. Es decir, tendrá que identificar condiciones de trabajo para las que existe evidencia científica suficiente de que pueden ser nocivas para la salud. El método que se aplique deberá “a lo largo de todo el proceso”, deberá estar validado y ser fiable y habrá de garantizar el anonimato y la confidencialidad. “Este es un aspecto clave para conseguir una alta participación de la plantilla”, explicaba CCOO. El método, además, deberá ser aplicable en la empresa con el objetivo de cumplir con la finalidad preventiva.

Para CCOO, “el reconocimiento del fallo de la Audiencia Nacional significa un gran avance en un tema de vital importancia para las plantillas del sector, en momentos en los que la presión no cesa e incluso se incrementa con las consiguientes consecuencias negativas sobre su salud”. - D.N.