El Tribunal Supremo avala la ilegalidad de los 123 despidos en ZF TRW
El fallo dice que la empresa debe decidir entre readmitir o renegociar la indemnizaciónEl comité exige el retorno de todos 25 de ellos han vuelto al sustituir jubilaciones este año
pamplona - El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de junio del año pasado en la que declaraba “no ajustado a derecho” el ERE de 123 despidos -83% de taller y el 17% de oficinas- en ZF TRW. “El TS ha desestimado todos los recursos -tanto de la empresa, comité como de los sindicatos- y ha confirmado la sentencia recurrida”, anunció ayer mediante una escueta nota. En ella adelantaba que “en los próximos días hará pública su sentencia íntegra”.
Este dictamen avala el fallo del TSJN que declaró en junio de 2016 improcedente el expediente de regulación de empleo por considerar que la multinacional no justificó las causas económicas, productivas y organizativas de dicho ERE. Por ello, lo declaró “no ajustado a derecho”. Sin embargo, rechazó cada una de las causas alegadas por el comité para solicitar la anulación del expediente que supondría la readmisión de los despedidos a sus puestos de trabajo. La Sala manifestó que se puede negociar un ERE simultáneamente con un convenio colectivo; que no se vulneró el derecho a la huelga; que no hubo discriminación al estipular que se iba a extinguir el contrato a los menores de 50 años y que el director general en aquel momento, Paul Parnham, no mostró mala fe durante el proceso de negociación. Pero el mismo fallo dejaba en manos de la empresa la resolución del expediente, ya que le otorgaba la capacidad de decidir entre dos opciones: readmitir a los trabajadores afectados o renegociar la indemnización. El despido improcedente contempla 45 días por año trabajado. Ahora que el TS ratifica la sentencia del TSJN tendrá que acatar el dictamen.
El comité de ZF TRW, compuesto por siete delegados de CCOO, cuatro de UGT, tres de LAB, dos de ELA y uno de CGT, emitió ayer un comunicado en el que exigió a “la dirección el retorno de todos los compañeros despedidos”. Además, recordó que “la sentencia del TSJN certificó que no existían causas para ejecutar las extinciones de contrato”, aunque también denunció que “a pesar de no haber causas para despedir, la legislación vigente señala que es la dirección de ZF TRW Pamplona quien decidirá si pueden retornar todos los compañeros a la planta”. Año y medio después, la empresa y la plantilla han conocido la sentencia firma. Sin embargo, en este periodo también se han tomado decisiones que afectan a la cifra de despedidos. En abril de este año, la dirección anunció a la parte social que iba a incorporar a 34 despedidos en sustitución de jubilaciones. Por el momento, están trabajando 25 y nueve regresarán el próximo año.
Si a los 123 restamos estos 34 trabajadores, quedan 89 empleados del ERE a los que tendría que dar una respuesta la compañía. Sin embargo, dentro de este colectivo, hay entre 14 y 17 personas con reducción de jornada que tendrían asegurada su reincorporación siempre y cuando presenten una demanda individual por despido en el TSJN. El Estatuto de los Trabajadores señala que si un despido colectivo se considera improcedente, automáticamente a las personas en reducción de jornada que hayan sido despedidas se les declarará nula su extinción. Sin embargo, para ello es obligatorio presentar la demanda individual. De esta forma, si a los 89 anteriores restamos el grupo de reducciones de jornada, habrá entre 72 y 75 empleados que por el momento se desconoce que hará la empresa con ellos: si readmitirlos o darles más dinero del que recibieron en su momento por la indemnización.
argumentos de la sentencia del TSJN 2016
ERE Y CONVENIO “SE PUEDE
PLANTEAR UN DESPIDO
COLECTIVO AL MISMO TIEMPO
QUE NEGOCIAR UN CONVENIO”
El comité alegó en su demanda que,
“de forma programada”, la dirección
hizo coincidir la negociación del convenio con el ERE de extinción, lo que
“supuso el debilitamiento de la posición negociadora de la parte social”.
El fallo destaca que no existe “ninguna disposición que impida plantear
de forma simultánea la negociación
de un ERE y de un convenio”. Insiste
en que el comité no se negó a que
coincidieran en el tiempo y que además se negoció el convenio, y se
sometió a votación de la plantilla.
VULNERACIÓN DE HUELGA “EL
AUMENTO DE PRODUCCIÓN EN
2015 NO ES SIMULTÁNEO A LA
REALIZACIÓN DE LOS PAROS”
La parte social argumentó que “en los
últimos meses de 2015, se incrementó
notablemente la producción para asegurar que durante la huelga, que previsiblemente se iba a convocar tras el
anuncio del despido colectivo, no se
perjudicara a los clientes”. Sin embargo, la sentencia señala que “la contratación de eventuales que incrementaron la producción de la planta en 2015
para posteriormente suministrar a los
clientes durante la huelga, no es simultáneo con el ejercicio del derecho de paro, con lo que difícilmente
haya vulneración”.
DISCRIMINACIÓN POR EDAD “LA
UTILIZACIÓN DE LA EDAD TUVO
UNA JUSTIFICACIÓN RAZONABLE
Y PROPORCIONADA”
La parte social alegó que los criterios de edad para despedir a los menores de 50 años “no resultaron neutrales, y sí discriminatorias”. Sin embargo, la Sala razona que “la utilización de la edad como criterio de selección de los trabajadores afectados por el despido colectivo tuvo una justificación razonable y proporcionada”.
MALA FE “NO HUBO
INAMOVILIDAD EN LA POSTURA EMPRESARIAL”
El comité insistió en que “hubo mala
fe empresarial tanto antes como
después del proceso, ya que hubo
ocultamiento de información de la
parte social y vinculó las condiciones
de trabajo con los despidos bajo
la amenaza del cierre de la planta y
la pérdida de más de 600 empleos”.
Pero la sentencia remarca que “la buena fe implica que los interlocutores intentan llegar a un acuerdo, pero no impone que el resultado final de esas negociaciones suponga alcanzar el pacto”. De esta forma, remarca que “la empresa no tuvo una posición invariable durante el periodo de consultas por lo que no cabe decir que hubo mala fe”.
CAUSAS ECONÓMICAS “TRW
AUTOMOTIVE ESPAÑA OBTUVO
BENEFICIOS EN LOS ÚLTIMOS
CINCO EJERCICIOS”
El ERE presentó causas económicas,
organizativas y productivas. TRW indicó en el juicio que si la planta no estuviera incluida dentro de la multinacional, habría entrado en concurso. Pero, el fallo resalta que “cuando se esgrima una causa económica, deberá probarse su concurrencia en la empresa en su totalidad, sin que quepa reducir dicho ámbito a alguno de sus centros, departamentos, divisiones, secciones o unidades productivas autónomas”. La Sala recuerda que “las cuentas de pérdidas y ganancias de TRW Automotive España revelan que en los últimos cinco ejercicios se obtuvieron beneficios -40,14 millones en 2015- y que la cifra de negocio se incrementó en el último año un 8,41%, hasta los 450,3 millones”.
CAUSAS ORGANIZATIVAS Y
PRODUCTIVAS “NO SE PUEDEN
BASAR LOS DESPIDOS EN
PREVISIONES FUTURAS”
La sentencia remarca que “concurren
causas organizativas cuando se
producen cambios, entre otros, en el
ámbito de los sistemas y métodos
de trabajo del personal o en el modo
de organizar la producción y causas
productivas cuando se produzca
cambios, entre otros, en la demanda
de productos o servicios que la empresa pretende colocar”. El fallo destaca que ZF TRW no justifica que “en Landaben se hubiesen producido cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal, en el modo de organizar la producción o en demanda de productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado”. Y “los cambios en la producción, derivados de la demanda de un nuevo tipo de direcciones, no serían actuales, sino futuros, por lo que se obvia el principio de actualidad de la causa que soporta los despidos colectivos”. Según los jueces, “la causa no puede servir de justificación para despidos cuya razón de ser estriba, como aquí sucede, en previsiones productivas futuras”.
Decisión. “La sentencia recurrida (del TSJN) declaró no ajustado a derecho el despido, ya que no está prohibido el trámite simultáneo del convenio y de un despido colectivo, hecho que puso la empresa de manifiesto desde el inicio de las conversaciones, sin que por otra parte se acrediten las causas legalmente exigidas, económicas, organizativas o productivas. La parte social solicitaba despido nulo por vulneración del derecho a la negociación colectiva al estar en negociación el convenio y por presunta mala fe empresarial. TRW interesaba que se declarase ajustado a derecho el despido. El TS desestima todos los recursos y confirma la sentencia recurrida”.
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