pamplona - La portavoz del Gobierno de Navarra, María Solana, insistió ayer una vez más en que la ley foral de 2013, aprobada por UPN, PPN y PSN, no obliga a realizar las devoluciones de las retenciones por las prestaciones de maternidad en la Comunidad. Volvió a repetir que la sentencia del Tribunal Supremo falla sobre una ley estatal que en Navarra no se aplica, y que si ahora existe un agravio comparativo entre las mujeres del Estado y de Navarra se debe “a UPN, PPN y PSN, que cambiaron la normativa hace cinco años”.

Hacienda Foral no interpreta ninguna normativa foral sino que cumple la ley vigente, la cual no obliga a hacer dichas devoluciones, que si se tendrían que afrontar con carácter retroactivo de cuatro años, supondrían un coste económico para las arcas forales de 35 millones de euros (una media de siete millones para entre 6.000 y 7.000 mujeres al año). En la rueda de prensa tras la sesión de Gobierno, Solana reiteró que “parece complicado que haya una sentencia que obligue a reconocer una exención cuando hay una ley foral que tan claramente especifica que no la hay”. Remarcó que no es papel del Gobierno decir si las personas deben reclamar vía judicial y que si los contribuyentes acuden a Hacienda a informarse se les atenderá, aunque remarcó que “el departamento responderá sobre la ley foral que se aprobó en 2012”.

Solana recordó que para cambiar la normativa actual que contempla la tributación en la declaración de la renta de estas prestaciones, el Gobierno de Navarra ya aprobó en junio un proyecto de ley “equitativo y progresivo” para que las prestaciones por maternidad y paternidad generen una deducción de hasta el 25% en el IRPF. Solo falta que pase el trámite parlamentario para que entre en vigor en 2019. El Gobierno de Navarra plantea una deducción en cuota para compensar la ausencia de exención. “Esto debemos explicar a la ciudadanía navarra”, señaló.

Hacienda ha calculado que a través de estas deducciones, los contribuyentes se quedarán en el bolsillo siete millones anuales -prácticamente la misma cantidad que si se aplicara una exención-. Sin embargo, Solana especificó que por medio de las deducciones el Gobierno hace una distribución de las ayudas de manera progresiva. Las exenciones en el IRPF de las prestaciones por maternidad -contempladas en la ley estatal- suponen que cuantos más ingresos declare una mujer trabajadora más puede desgravarse. En cambio, con menores ingresos salen perjudicadas al no tener margen de desgravación. “La exención favorece a quien más tiene y la deducción es más equitativa y redistribuye las ayudas”, dijo Solana.

La portavoz del Gobierno expuso un ejemplo: “En un caso real, una mujer que cobra 83.000 euros de ingresos brutos, la exención de la ley estatal le supondría un ahorro de 8.700 euros. Para personas con rentas más bajas y con deducciones sin aplicar por insuficiencia en cuota, caso bastante habitual, el efecto de la exención de la prestación por maternidad puede ser cero. Esto no ocurre con las nuevas medidas que se aplicarán en Navarra desde 2019”.

El Gobierno estable una deducción en la cuota de hasta el 25% en el IRPF. “Con la nueva ley navarra, una persona con 30.000 euros de ingresos anuales y que perciba una prestación por maternidad de 10.000 euros, disfrutará de una deducción en su cuota diferencial de 2.500 euros (el 25% de la prestación) cuando realice la declaración de la renta”, ejemplificó.

Progresiva. La deducción se reduce progresivamente: de un 25% para ingresos de 30.000 euros; de un 20% para 45.000 euros; de un 15% para 60.000 euros; de un 10% para 75.000 euros; de un 5% para 90.000; y desaparece a partir de 105.000.

No confundir exención con deducción en cuota. Las prestaciones de la nueva ley navarra generan una deducción en cuota de hasta el 25% en el IRPF que no quiere decir que se de una cuarta parte de lo que daría el Estado. Con la ley que entrará en vigor en 2019, si una mujer percibe una prestación de 6.000 euros y tiene un tipo impositivo del 25% en el IRPF pagaría 1.500 euros de cuota por esa prestación. Al deducir en la cuota el 25% de la prestación (1.500 euros), no pagará impuesto por esa prestación. Si su tipo es inferior al 25% -rentas bajas-, la deducción en cuota le premiará con un importe extra y si su tipo es superior al 25% -rentas altas-, no le exonerará al 100%.