pamplona - El Gobierno de Navarra aprobó ayer un decreto foral que agiliza la autorización de parques eólicos en la Comunidad. Actualmente supera los 50 instalados con una potencia eólica de 1.016 MW. Este decreto, que deroga otro de 1996, establece un procedimiento “más acorde” con la ley 24/2013 del sector eléctrico con el fin de “asegurar la funcionalidad del proceso, la simplificación de trámites y la seguridad jurídica”.

El vicepresidente de Desarrollo Económico, Manu Ayerdi, destacó que se quiere “simplificar los trámites para autorizar nuevos parques y modificar los existentes”. La normativa aspira a que en un año los promotores de los proyectos tengan las autorizaciones para ponerlos en marcha. Algunos de los aprobados recientemente han tenido que esperar más de dos años.

El Plan Energético Horizonte 2030 contempla 50 nuevas áreas eólicas, con un potencial para instalar de entre 1.286 a 1.900 MW. Califica a 26 de esas zonas como de interés alto, con una potencia de 642 a 953 MW; 18 zonas de interés medio, con 474 a 711 MW; y otras seis bajas con potencia de 170 a 236 MW. “Es razonable pensar que va a haber mucha más instalación eólica en Navarra si entre todos hacemos las cosas bien”, dijo. Con este decreto, la Dirección General competente en materia de energía pasa a ser el único interlocutor para quienes promuevan parques eólicos o modificar los existentes. Centralizará los trámites de información pública y consultará a administraciones y particulares interesados, coordinará las tramitaciones ambientales y urbanísticas y las autorizaciones administrativas de construcción y explotación.

suprime trámite por psis La normativa suprime el trámite por Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal (PSIS) y “se simplifica, agiliza la tramitación y se permite formalizar los parques caso por caso y no solo los grandes proyectos”. Para los parques cuya autorización se está tramitando a la entrada en vigor del decreto, se convertirán en solicitudes de autorización de actividades autorizables en suelo no urbanizable y se adaptarán de oficio por el departamento competente en materia de ordenación del territorio a las previsiones de la norma. Los trámites ya hechos serán objeto de convalidación.

La nueva norma incluye los requisitos que deberán cumplir los parques, sean nuevos o modificaciones de los existentes, como la autorización de instalaciones, documentación a presentar, estudio de impacto ambiental, información pública, y consulta a las administraciones y a los interesados. Además, detalla las características del inicio de las tramitaciones ambientales y urbanísticas, declaración de impacto ambiental, autorización urbanística y autorización administrativa previa, plazo de solicitudes, autorización de explotación, y restitución de terrenos. El decreto define al parque eólico como una instalación de producción de energía eléctrica usando como energía primaria el viento. Estará constituida por un aerogenerador o un grupo de ellos, interconectados eléctricamente y con un único punto de conexión a la red de transporte o distribución. Formarán parte del parque su infraestructura de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o distribución y, en su caso, la transformación de energía eléctrica, los accesos de nueva construcción o modificación de los existentes. - S.Z.E./E.P.