donostia - La Fiscalía de Gipuzkoa ha elevado de seis a nueve años de cárcel su petición de condena para el exsenador del PNV y exdirector de la Hacienda de Gipuzkoa, Víctor Bravo, como cooperador necesario en tres presuntos delitos contra la Hacienda Pública en el denominado caso Glass Costa Este Salou.

Por el contrario, la representante del Ministerio Público ha rebajado hasta los cuatro años y medio la condena que solicitaba para el otro procesado: el administrador único de esta compañía tarraconense, cuya sede fiscal fue trasladada a Gipuzkoa para beneficiarse presuntamente de la normativa foral, y para quien inicialmente demandaba seis años de reclusión por tres delitos fiscales cometidos en los años 2003, 2004 y 2006 por un importe de algo más de 1,5 millones de euros.

Esta rebaja de solicitud de condena responde al hecho de que este procesado decidió consignar un millón de euros en la cuenta del juzgado antes de la celebración de la vista oral, por lo que ahora la fiscal considera que es posible aplicarle una atenuante de reparación del daño causado.

En la tercera y última sesión del juicio por estos hechos celebrada ayer jueves en Donostia, el abogado del Estado, que ha ejercido la acusación particular en representación de la Agencia Tributaria, mantuvo sus peticiones iniciales de nueve años de condena para ambos, mientras que las dos defensas reclamaron la libre absolución de sus clientes.

No obstante el letrado del administrador de Glass Costa Este Salou introdujo una petición subsidiaria para que, en caso de que la magistrada del caso lo encuentre culpable, se aplique a su representado las atenuantes de reparación del daño causado y de dilaciones indebidas.

En la sesión de ayer las acusaciones responsabilizaron a ambos procesados de haber “planificado” la forma en la que la firma tarraconense “pudiera disfrutar ilícitamente del Régimen Especial de Sociedades de Promoción de Empresas de Gipuzkoa” con “considerables ventajas fiscales”.

Para ello, resultaba “ineludible”, entre otras condiciones, que la compañía tuviera su domicilio fiscal en territorio guipuzcoano y que la Hacienda foral le concediera “formal y expresamente” el “Régimen Especial de Sociedades de Promoción de Empresas”.

Unos requisitos que, según la Fiscalía, eran conocidos “a la perfección” por el exdirector de la Hacienda guipuzcoana Víctor Bravo, quien no se habría abstenido en la concesión de este régimen especial y además habría permitido al otro acusado establecer su residencia en su propio domicilio de Donostia. El juicio quedó ayer jueves visto para sentencia. - Efe