Bruselas - El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Henrik Saugmandsgaard avaló ayer los acuerdos entre bancos y sus clientes para modificar a la baja una cláusula suelo de un contrato hipotecario siempre y cuando los segundos comprendan cuáles son las consecuencias económicas de mantener este tipo de cláusulas.

Se trata, en cualquier caso, de unas conclusiones que no son vinculantes de cara a la futura sentencia del Tribunal, pero el letrado responde así a la cuestión prejudicial elevada por un juzgado de Teruel sobre un asunto que enfrenta a una consumidora con Ibercaja.

Así, el Abogado General propone al TUE que en su futura sentencia declare que las normas europeas avalan que un banco y su cliente puedan modificar cláusulas abusivas mediante un acuerdo posterior que confirma la validez del inicial y por el que renuncian a acciones legales. Sin embargo, añade que la directiva no se opone a que este tipo de acuerdos tengan una eficacia vinculante “siempre que medie el consentimiento libre” del cliente.

El letrado explica que “no puede perderse de vista” la “situación de inferioridad” de un consumidor frente a una entidad. Esta situación, asegura, debe compensarse mediante una “intervención” de un juez, que debe comprobar si la renuncia es fruto de un “consentimiento libre e informado” del cliente o “de un abuso de poder”. Este extremo implica, por su parte, comprobar si las cláusulas del contrato han sido negociadas. - E.P.