La Audiencia Nacional ha desestimado en su totalidad la demanda que interpuso el sindicato ELA contra el acuerdo alcanzado por mayoría entre la comisión negociadora y la dirección de MTorres en el procedimiento del ERE, según ha informado la compañía.

En un comunicado, MTorres ha recordado que ELA demandó a la empresa, al sindicato CCOO y a la confederación sindical interna CITE, que fueron quienes sellaron el acuerdo.

Según ha señalado, la sentencia, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, afirma que la documentación y la información aportadas por la empresa en el proceso fueron "suficientes", que "no hubo mala fe patronal" y que "sí existía la posibilidad de prorrogar el período de consultas para lograr un acuerdo".

La Sala, asimismo, no aprecia "indicios de vulneración de la libertad sindical", estima que las extinciones de contratos "fueron fundadas en causas estructurales" y "deja claro que no se vulnera la prohibición contenida en el art. 2 del RD Ley 9/2.020", han indicado desde MTorres.

En este sentido, han detallado que la Sala de lo Social ha considerado que los motivos de impugnación invocados por la parte demandante no se pueden estimar por cuanto que ha quedado probado que: "la documentación e información aportada por la empresa ha sido suficiente y ajustada a los términos legales" y que "concurren las causas económicas, organizativas y productivas habiéndose acreditado las mismas de forma pormenorizada y perfectamente detallada en el informe técnico y la memoria explicativa, y siendo la medida propuesta del despido colectivo la adecuada y proporcionada para superar las mismas".

Además, la sentencia recoge que "el periodo de consultas se desarrolló con normalidad, habiéndose negociado con buena fe y sin que se haya podido acreditar nada que lo pueda invalidar, evidenciándose a través de las actas de las reuniones la existencia de una verdadera negociación en la que se analizaron las causas y se hicieron múltiples ofertas y contraofertas entre las partes a fin de mitigar las consecuencias del despido colectivo a abordar".

Igualmente, la Audiencia Nacional opina que "los criterios de selección estipulados se ajustan a los parámetros que exige la doctrina jurisprudencial sin que se puedan considerar discriminatorios" y no considera que "se haya aportado indicio alguno de la vulneración de la libertad sindical de ELA".

Por otra parte, MTorres ha explicado que ELA presentó el pasado 13 de julio un escrito desistiendo de otra demanda que había presentado contra la prórroga del ERTE, procedimiento para el que estaba señalado el juicio el próximo 22 de julio. De este modo, ha agregado, se ha decretado por parte de la Audiencia Nacional el archivo de las actuaciones en este proceso.

Finalmente, la dirección de MTorres ha manifestado su deseo de que "este resultado suponga el cierre del proceso de tal modo que, a partir de ahora, nuestro trabajo y esfuerzo se dirijan al desarrollo de los negocios y a dar el mejor servicio a nuestros empleados y clientes".