La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado el acuerdo del Gobierno foral por el que se modificaba el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de la ampliación de la Ciudad del Transporte en Noáin (Valle de Elorz) donde está previsto alojar la planta de residuos de la Comarca de Pamplona.

El Tribunal aprecia un defecto procedimental referente a la exposición pública, un trámite consistente en que los posibles afectados pueden formular, con carácter previo a su elaboración, las consideraciones que estimen por conveniente.

Según fuentes de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, habrá que ver hasta donde es necesario retrotraer el expediente en la parte que corresponde al Gobierno de Navarra (como propietario de la parcela que vendió a la MCP) y lo que puede suponer de retraso en el desarrollo de las obras. El ente mancomunado tenía previsto iniciar las obras hacia los meses de verano. "La idea es seguir adelante con el proyecto, tenemos mucho trabajo adelantado a nivel técnico y si debe salir a exposición pública de nuevo, no habría problema. En cualquier caso tenemos que consultarlo a nivel jurídico", abundó su presidente David Campión. Las obras fueron adjudicadas a FCC por un importe de 66,1 millones.

También fuentes del Gobierno foral reconocieron ayer que las dos modificaciones introducidas en el plan (incorporar el trazado del ferrocarril tal y como reclamaba Adif y introducir otros usos al polígono) se consideran sustanciales por parte del tribunal y exigen volver a sacar a información pública el plan pero no cuestionan el fondo de la operación (ampliar los usos del polígono para dar cabida a un centro medioambiental) lo que supone un retraso en el inicio de las obras que, no obstante, podrían iniciarse después del verano. Destacan también que la Mancomunidad negoció con la adjudicataria que no penalizase económicamente el retraso en la obra por lo que no habrá un perjuicio económico para la administración.

La controversia tiene su origen en si la inclusión de la línea ferroviaria, no contemplada en el primer proyecto, pero sí en el segundo, debe ser considerada una modificación sustancial en los términos establecidos por la jurisprudencia y, por tanto, susceptible de ser objeto de exposición pública.

En la sentencia, que solo puede recurrirse en casación ante el propio órgano judicial, la Sala sostiene que "las modificaciones introducidas deben ser consideradas sustanciales por la incidencia que producen en el modelo de planeamiento elegido entre una y otra aprobación". El recurso fue interpuesto por el ingeniero Francisco Galán y el Ayuntamiento de Noáin/Elorz.

En concreto, los magistrados señalan en primer lugar que "se introduce el trazado de la línea ferroviaria, que conlleva la modificación de determinaciones estructurales, cuando la modificación del PSIS previsto inicialmente eliminaba precisamente la línea ferroviaria".

Y, en segundo término, añaden los jueces, porque "se sustituye el uso industrial logístico, con desglose de los usos compatibles y tolerados que no constaban anteriormente, con la posibilidad de implantar el centro de tratamiento de residuos de la Comarca de Pamplona", al que se refiere el contrato de reserva de parcela futura en la 4ª fase del Área Industrial Ciudad del Transporte de Pamplona suscrito el 22 de octubre de 2018 entre Nasuvinsa y Servicios de la Comarca de Pamplona.

En definitiva, según constata la Sala, "se ha producido una modificación sustancial en la planificación de la 4ª fase de la Ciudad del Transporte de Pamplona, tanto respecto a la red ferroviaria, que se introduce como consecuencia del informe vinculante de Ferrocarriles, cuando en el proyecto inicial no existía", como en los usos, "toda vez que con el segundo documento se introduce un uso completamente distinto a la actividad logística, lo que debió dar lugar a un nuevo trámite de información pública".

Por tanto, el Tribunal estima el recurso interpuesto contra el acuerdo del Gobierno de Navarra, de 27 de diciembre de 2019, por el que se aprobó el expediente de modificación del citado PSIS relativo a las servidumbres aeronáuticas y la reordenación de la 4ª fase.

"Escándalo económico", dice Navarra Suma

Navarra Suma opina que la sentencia que anula el acuerdo del Gobierno foral por el que se modificaba el PSIS que pretendía dar cabida a la instalación de la planta de residuos en la Ciudad del Transporte "deja al descubierto un escándalo económico y ambiental protagonizado por el vicepresidente Aierdi y el presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona".

Por ello, la coalición ha solicitado la comparecencia urgente del vicepresidente para que dé cuenta "de la grave situación y asuma su responsabilidad por estas actuaciones".

"Estamos ante un varapalo judicial, porque la sentencia impone, además, las costas, dado que a juicio de la Sala no existen dudas 'de hecho ni de derecho' acerca de la ilegalidad del acuerdo adoptado", sostiene en un comunicado.

Al respecto señala que "se advirtió tanto ante la Mancomunidad como ante el Parlamento de Navarra por los representantes de Navarra Suma, el Ayuntamiento de Noáin-Valle de Elorz y expertos de reconocido prestigio como Francisco Galán".

NA+ denuncia que "tanto el vicepresidente Aierdi como el presidente de la MCP despreciaron todas las llamadas a la cordura y a la reconsideración de un proyecto que entrañaba un despropósito ambiental y un injustificado despilfarro económico".