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Función Pública regulará el teletrabajo en la Administración foral

La consejera Jurío adquiere este compromiso y se da de plazo un año una vez que entre en vigor el Estatuto del Personal Público | El martes votarán los sindicatos si aceptan el texto | LAB y ELA mantienen la huelga el día 28

Función Pública regulará el teletrabajo en la Administración foralcedida

La consejera de Interior, Función Pública y Justicia, Inma Jurío, presidió este viernes por la mañana la reunión de la Mesa General de Función Pública, en la que los sindicatos conocieron el compromiso del Gobierno de Navarra a regular el teletrabajo en el personal de la Administración mediante un reglamento vía decreto. El Ejecutivo indicó que se da de plazo un año para cumplir con esta reivindicación sindical, una vez entre en vigor el Estatuto del Personal Público.

Los cinco sindicatos con representación en la Mesa General de Función Pública, LAB, Afapna, CCOO, ELA y UGT, se reunieron con el departamento de Función Pública quien entregó la actualización del texto del estatuto, con la inclusión de alegaciones aportadas por los diferentes agentes. Las centrales tienen de plazo hasta el día 26 para analizar el documento y decidir ese mismo martes si lo apoyan o rechazan en votación. La reunión se ha fijado para las 10.00 horas.

En febrero, el Gobierno foral acordó con Afapna, CCOO y UGT un pacto, en el que pusieron en valor la implantación de la carrera profesional para la plantilla. Ahora habrá que esperar a si dan luz verde al nuevo texto. LAB y ELA ya mostraron con anterioridad su rechazo frontal al futuro estatuto. Ambos consideran que contiene recortes laborales que perjudican a la plantilla y que no ha habido “negociación real”.

LAB y ELA celebrarán una jornada de huelga de cuatro horas el jueves 28 de mayo, por separado, para protestar contra el renovado estatuto, que no se ha actualizado en 30 años.

Fase final

En una nota, el Gobierno de Navarra recordó que la negociación del Estatuto del Personal en la Mesa General se encuentra en este momento en el trámite de alegaciones finales, después de que los sindicatos dispusieran de 15 días hábiles para presentar sus argumentaciones al texto. En la reunión de este viernes, la Dirección General de Función Pública trasladó las propuestas incorporadas al texto, entre las que hay medidas de todos los sindicatos con representación en la Mesa General, puntualizó el Ejecutivo. 

Además, avanza así en cursar el anteproyecto de Ley Foral por la que se aprueba el Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, cuya tramitación fue aprobada con el apoyo de Afapna, CCOO y UGT (mayoría sindical en febrero). “El nuevo texto conjuga la mejora de las condiciones de trabajo del personal de la Administración con la eficiente prestación de los servicios públicos”, defendió el departamento de Jurío.

El texto reconoce el derecho a la progresión en la carrera profesional horizontal y al desarrollo de la trayectoria profesional para todo el personal en cinco tramos.

La publicación de la ley conllevará la inmediata percepción de una cantidad fija mensual en 14 pagas anuales derivada del encuadramiento inicial en el correspondiente tramo de carrera profesional, cuya implantación será progresiva. En concreto, se iniciará con la retribución del 20% el primer año desde el momento de la publicación y con carácter retroactivo a 1 de enero de 2027. La progresión prevista en la carrera es: 20% en 2027; 30% en 2028; 50% en 2029; 70% en 2030; 90% en 2031 y 100% en 2032. Esta carrera es voluntaria e individual y será abonada en función del tramo alcanzado. 

También se incorpora un complemento por la evaluación del desempeño, que se añade al complemento fijo de carrera profesional a modo de productividad. Se actualizan los niveles y se mejoran las licencias por fallecimiento e ingreso hospitalario, permiso parental y los correspondientes a familias monoparentales. 

También se regulan nuevas situaciones administrativas para facilitar la movilidad interadministrativa y se mejora la promoción profesional tanto con carácter temporal como definitivo, entre otras medidas enmarcadas en un estatuto dotado de la cobertura suficiente para todos los desarrollos reglamentarios posteriores.