Adiós a renovar el carné de conducir: estas son las enfermedades que te impedirán hacerlo
El período de vigencia del permiso de conducir puede reducirse si, "al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que es susceptible de agravarse"
El carné de conducir es un documento imprescindible para cualquier persona que quiera conducir un vehículo, tanto a nivel personal como profesional. Pero no solo es esencial obtenerlo, también lo es renovarlo de manera periódica para que siga teniendo vigencia.
Desde los 3 hasta los 10 años: La vigencia del carné depende del tipo de permiso de conducir
Según señalan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), la vigencia depende del tipo de permiso de conducir. Los permisos de clase B, es decir los turismos, tienen una vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años. Mientras, los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad. A partir de esa edad el período de vigencia será de tres años.
Tal y como explican desde este organismo, la vigencia de los permisos está condicionada a que el titular no haya perdido totalmente sus puntos y a que mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento. Asimismo, señalan que el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.
Estas son las enfermedades que te impedirán renovar el carné de conducir
En el artículo 12 del Reglamento General de Conductores se señala lo siguiente: "El período de vigencia de las diversas clases de permiso y licencia de conducción señalado en los apartados anteriores podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse".
Las enfermedades a las que los profesionales hacen alusión y que, por tanto, pueden ser razón para impedir a una persona renovar el carné de conducir, son las siguientes: accidente isquémico transitorio, Alzheimer, aneurisma de grandes vasos, apnea del sueño, arritmias, crisis o pérdida de conciencia, demencia o trastorno de ansiedad, depresión, desfibrilador automático, diabetes mellitus insulinodependiente, disección, dolencias oncológicas, enfermedades cardíacas, enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas, enfermedades digestivas, enfermedades endocrinas, enfermedades neurológicas, enfermedades oncológicas, enfermedades respiratorias, epilepsia, esclerosis lateral amiotrófica, hipotiroidismo y paratiroides, infarto agudo de miocardio, marcapasos, nefropatía con diálisis, Parkinson, problemas vasculares, prótesis valvulares, trasplante renal, trastorno de la personalidad, trastorno del desarrollo intelectual, trastorno obsesivo-compulsivo, trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH), trastornos del sueño y trastornos oncohemáticos,
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Para demostrar a la Dirección General de Tráfico de que no se tiene ninguna de las enfermedades a las que se ha hecho alusión, los especialistas aconsejar presentar un informe médico válido que confirme que la salud de la persona en cuestión es adecuada para conducir y que, por lo tanto, es apta para renovar el permiso.
Además, los expertos indican que la DGT va a introducir nuevas pruebas de aptitud psicofísica y a exámenes médicos más estrictos para personas mayores de 70 años que conduzcan. Pues, como bien se sabe, con la edad, suele aumentar el riesgo de accidentes de tráfico.
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