¿Pueden multarme por ir mirando el móvil mientras cruzo la calle? Lo que dice la DGT
Los peatones y los ciclistas también están sujetos a normas de seguridad vial
El peatón, "la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías públicas. También se consideran peatones los que empujan cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones o las personas con movilidad reducida que circulan al paso con una silla de ruedas con motor o sin él", tal y somo así la definen desde la Dirección General de Tráfico (DGT), también deben cumplir las normas.
Los peatones también están sujetos a normas de seguridad vial
Son, junto a los ciclistas, los usuarios más vulnerables. Por ello, desde la DGT recuerdan que los peatones también están sujetos a normas de seguridad vial, y su incumplimiento puede tener consecuencias. En esa misma línea, los expertos de este organismo indican que los peatones deben circular siempre por el centro de las aceras. "Si la calle por la que se camina no tuviera acera o existiese algún obstáculo y fuera totalmente imprescindible pasar por ese tramo, se circulará lo más pegado posible a la pared y a ser posible de cara al tráfico, de esta forma se podrá ver de frente a los vehículos que se aproximan", detallan. En definitiva, "deben circular por los lugares reservados para ellos y no hacerlo por los prohibidos. Lugares señalizados con una señal de obligación o de prohibición", argumentan.
¿Pueden multarme por ir mirando el móvil mientras cruzo la calle? La DGT tiene la respuesta
El incumplimiento de las normas de seguridad vial tiene consecuencias. No obedecer, tanto en carreteras como las autovías o autopistas, las señales de entrada prohibida a peatones (80 euros), cruzar la calzada con el semáforo de peatones en rojo (200 euros), fuera de poblado, no circular por el lado izquierdo de la calzada o el arcén, cuando no exista una zona peatonal habilitada, o dentro de uno en una carretera que no tenga espacio habilitado para los peatones (100 euros), negarse a realizar una prueba de alcoholemia o drogas al verte implicado en un accidenteo haber cometido una infracción (hasta 1.000 euros) o cruzar la calle por un lugar donde no corresponde, sin haberse asegurado de que se puede realizar sin peligro (80 euros) son algunas de las multas a las que pude enfrentarse un peatón. Pero, ¿pueden multarme por ir mirando el móvil mientras cruzo la calle?
Pues bien, el simple hecho de mirar el móvil al cruzar la calle no implica una multa para el peatón, pero sí puede provocar una infracción que pueda ser objeto de una sanción económica. Como puede ser cruzar la calle por un lugar donde no corresponde. También puede ser sancionado si el paso de peatones está regulado por un semáforo y un viandante lo cruza cuando está en rojo.
O lo que es lo mismo, sí puede interponer una sanción por una infracción derivada de usar el teléfono.
Temas
Más en Motor
-
¿Te pueden multar por circular con el parabrisas roto? Esto es lo que dicen los agentes
-
Estas son las letras que están prohibidas en las matrículas (y no solo son vocales)
-
¿Por qué la velocidad que marca el coche y la del GPS no coinciden? La DGT tiene la respuesta
-
Estas son las claves de una empleada de gasolinera para gastar menos dinero en combustible